Bariloche Digital

Top Menu

  • Bariloche Digital
  • Contacto

Main Menu

  • Portada
  • Policiales & Judiciales
  • Municipales
    • Regionales
    • Argentina & Gobiernos
    • Del Exterior
  • Política & Sindical
  • Interés General
  • Deportivas
  • Opinión
  • Necrológicas

logo

Header Banner

Bariloche Digital

  • Portada
  • Policiales & Judiciales
  • Municipales
    • Regionales
    • Argentina & Gobiernos
    • Del Exterior
  • Política & Sindical
  • Interés General
  • Deportivas
  • Opinión
  • Necrológicas
Policial & Judicial
Inicio›Policial & Judicial›LA PROHIBICIÓN DE DESPIDOS NO INCLUYE AL QUE ESTÁ EN PERÍODO DE PRUEBA

LA PROHIBICIÓN DE DESPIDOS NO INCLUYE AL QUE ESTÁ EN PERÍODO DE PRUEBA

Publicado por BarilocheD
8 febrero, 2022
1978
0
Compartir:

Varias medidas judiciales en los dos últimos años han ordenado la reincorporación de trabajadores despedidos durante la pandemia, mientras estaba en vigencia el decreto del Ejecutivo Nacional que prohibía las cesantías sin causa. Ahora, un fallo del STJ abordó el caso de un trabajador que había ingresado a una empresa de aberturas de aluminio y se encontraba todavía en el período de prueba.

El hombre empezó a trabajar el 2 de marzo y menos de dos semanas después se declaró el confinamiento. Al mes siguiente, le notificaron la extinción del contrato laboral. Estaba en vigencia el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 329/20. El máximo Tribunal interpretó que el decreto de prohibición de despidos no incluye a los casos en el período de prueba de tres meses que establece la legislación laboral.

En primera instancia un fallo había ordenado la reincorporación, entendiendo la “falta de una expresa exclusión normativa”. En su apelación, la empresa acompañó recibos de sueldos donde consta que los empleados se habían acogido a un convenio como consecuencia de la situación de emergencia.

El fallo del STJ

Inicialmente, el máximo Tribunal analizó la pertinencia o no de una medida autosatisfactiva para resolver este caso: “la fundamentación brindada por el Tribunal de origen para determinar la procedencia de la medida autosatisfactiva” es “insuficiente teniendo en cuenta el carácter de sentencia definitiva que le es propio”.

“El Decreto Nº 329/20 se dictó en el marco amplio de la emergencia en materia económica, financiera, fiscal administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la Ley Nº 27.541, con el fundamento inmediato de la emergencia sanitaria desencadenada a partir de la irrupción del Covid-19”, enmarcó el STJ.

Por otro lado, sostuvo que el art. 92 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), en referencia al período de prueba, dispone expresamente: «el contrato de trabajo por tiempo indeterminado, excepto el referido en el art. 96, se entenderá celebrado a prueba durante los primeros tres meses de vigencia.

Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización con motivo de la extinción”.

En lo medular, entonces, “se desprende que el contrato de trabajo se presume celebrado a prueba durante los tres primeros meses del curso de este, donde el empleador, si bien debe cumplir con todas las obligaciones atinentes a un contrato indeterminado típico, puede rescindirlo, de modo unilateral, sin expresión de causa, mediando preaviso y sin responsabilidad indemnizatoria”.

De esta manera, concluye que “los Decretos Nº 329/20 y 487/20 no alcanzan a la desvinculación en período de prueba, puesto que los mismos disponen la prohibición de despidos sin justa causa mientras que el art. 92 bis de la LCT estipula que cualquiera de las partes puede extinguir la relación durante el lapso de tres meses sin expresión de causa”.

En este marco, “encontrándose el actor transitando el período de prueba estipulado en el art. 92 bis de la LCT, la estabilidad a la que refiere la Cámara no había sido adquirida”. El fallo cita antecedentes análogos resueltos en otras provincias.

Articulo Anterior

TRABAJÓ EN NEGRO, RECLAMÓ Y SU EMPLEADORA ...

Articulo Siguiente

BARILOCHE PERDIÓ OTRAS DOS VECINAS POR EL ...

0
Compartir
  • 0
  • +
  • 0
  • 0
  • 0

Artículos Relacionados Más Artículos del Autor

  • Policial & Judicial

    SUFRÍA VIOLENCIA DE GÉNERO Y LA ECHARON DE LA POLICÍA. FALLO CONFIRMÓ INDEMNIZACIÓN

    3 febrero, 2023
    Publicado por BarilocheD
  • Policial & Judicial

    EXIGEN A LA JUSTICIA FEDERAL INVESTIGAR LAS DECLARACIONES DE VENTA DE DROGA EN EL VERTEDERO

    16 abril, 2024
    Publicado por BarilocheD
  • Policial & Judicial

    ACCIDENTE FATAL. COLECTIVO DE MI BUS ATROPELLÓ EN EL KM 13 A UN HOMBRE QUE FALLECIÓ

    15 junio, 2023
    Publicado por BarilocheD
  • Policial & Judicial

    ESTÁN DESALOJANDO A LOS VIOLENTOS DE VILLA MASARDI

    4 octubre, 2022
    Publicado por BarilocheD
  • Policial & Judicial

    CURIOSA AGRESIÓN A UN CONDUCTOR EN LA PARADA DE TAXIS

    17 junio, 2022
    Publicado por BarilocheD
  • Policial & Judicial

    UN TRABAJADOR FUE «ESCRACHADO» EN DISTINTAS OFICINAS. DAÑARON SU HONOR ESTABLECIÓ LA JUSTICIA

    10 marzo, 2022
    Publicado por BarilocheD

  • Policial & Judicial

    TRES FEDERALES, UN OPERATIVO TRUCHO Y UN OBISPO COMO TESTIGO

  • Opinión

    EL GOBIERNO AMENAZA OTRA VEZ, AHORA DESCONTAR EL DIA A ESTATALES QUE SE SUMEN AL PARO. CGT REFUERZA CONVOCATORIA

  • Del Exterior

    28 DE JUNIO DÍA INTERNACIONAL DEL ORGULLO LGBTIQ+

Seguínos en las Redes Sociales

Concientización Social

CONTACTO

Bariloche Digital

  •  Roberto Sosa Lukam
  •   Mitre 125 - Oficina 122 EP/ San Carlos de Bariloche
  •  +54 294 458-7367
  • sosalukman@gmail.com

Agradecimiento

Gracias a los televidentes de El Catalejo Te Ve que nos insistieron en intentarlo, a la previsión de haber adquirido la dirección web en 2002 y a mantenerla desde entonces,iniciamos un 9 de Abril de 2010 un nuevo emprendimiento periodístico, festejando los CINCO años de vida de EL CATALEJO TE VE, un programa que Bariloche necesitaba porque lo que hubo en los últimos años no satisfizo. Depositamos en este digital un sinnúmero de esperanzas y aspiraciones, siempre con la idea de contribuir a brindar más Libertad de Expresión, más Democracia, más Valores y también una Férrea defensa del Sistema Democrático. Podrán participar todos quienes se manejen con el debito respeto, lenguaje y consideración y honestamente, intentaremos ser lo más objetivos dentro de nuestra obvia subjetividad. Permitimos reproducir la información citándo la fuente.

Quienes Somos

Roberto Sosa Lukam Periodista, Martillero Público Nacional, Profesor de Ciencias Sociales, Editor de www.barilochedigital.com y Conductor y Productor de EL CATALEJO Te Ve.

Programa de Periodismo Político que se difunde simultáneamente en ambos Video-cables de San Carlos de Bariloche desde el primer jueves de Febrero de 2006.

Domicilio Legal: Tacuarí 52. S.C. de Bariloche, Río Negro - Argentina.
  • Portada
  • Contacto
Copyright © 2022 ® Bariloche Digital | Sitio Producido por Karma Web Sitios