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Inicio›Política & Sindical›ABUSO SINDICAL: EXCLUYEN LA TUTELA A UN DELEGADO Y HABILITAN SU DESPIDO

ABUSO SINDICAL: EXCLUYEN LA TUTELA A UN DELEGADO Y HABILITAN SU DESPIDO

Publicado por BarilocheD
26 diciembre, 2024
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La Cámara Primera del Trabajo de Bariloche resolvió excluir de la tutela sindical a un delegado de la minera Sol Minerales y Servicios S.A. que presta funciones en Jacobacci. El tribunal consideró probadas conductas de abuso de su rol gremial, paros arbitrarios, amenazas hacia personal jerárquico y episodios de violencia de género.

El fallo, que habilita a la empresa a despedirlo, se basó en múltiples irregularidades que demostraron un impacto grave en la relación laboral y el funcionamiento interno de la empresa. La sentencia destacó que «las acciones del demandado configuraron una pérdida de confianza irreparable para la empresa, al imponer medidas que vulneraron los principios de buena fe y respeto necesarios en el ámbito laboral».

El proceso incluyó pruebas y testimonios que detallaron un patrón sostenido de conductas irregulares desde 2017, agravadas en 2023 con interrupciones de tareas, actitudes intimidatorias y agresiones verbales hacia colegas y superiores, algunas de las cuales fueron catalogadas como violencia de género.

Entre las principales irregularidades, el tribunal señaló el uso excesivo e injustificado de licencias gremiales, con «prácticas de licenciamiento sindical inconsulto, falto de antelación y sin precisa justificación» que acumuló 98 días de ausencias en 2023 sin aviso formal y sin permitir a la empresa organizarse adecuadamente.

Además, se probaron medidas como asambleas irregulares y paros unilaterales, realizadas sin cumplir los requisitos legales y sin mediar reclamos formales previos. Estas acciones generaron pérdidas económicas para la empresa estimadas en 26 millones de pesos.

La Cámara concluyó que las acciones del trabajador excedieron las facultades otorgadas por la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales, constituyendo un uso abusivo de su posición como delegado gremial. Según el tribunal, «el ejercicio de un cargo gremial no puede entenderse como una carta blanca para llevar adelante acciones arbitrarias que afecten tanto al empleador como a los derechos de otros trabajadores».

El fallo subrayó que la representación gremial debe estar orientada a la defensa colectiva de los derechos de los trabajadores, no a la imposición de decisiones unilaterales que distorsionen el marco de diálogo y negociación. «La escalada de violencia que tomó el accionar del demandado generó un ambiente de trabajo hostil y vulneró la confianza necesaria para el desarrollo de las relaciones laborales», afirmó el tribunal.

La resolución permite a la empresa finalizar el vínculo laboral y lo responsabiliza por las costas del proceso judicial. La sentencia, que no está firme y puede ser apelada, marcó que el comportamiento del delegado tuvo un impacto negativo tanto en la empresa como en los empleados bajo su representación, quienes también fueron afectados por las decisiones irregulares y las actitudes violentas.

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