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Inicio›Policial & Judicial›AMPARO PARA QUE SE DECLARE INCONSTITUCIONAL EL DNU QUE QUIERE LIMITAR EL DERECHO A HUELGA

AMPARO PARA QUE SE DECLARE INCONSTITUCIONAL EL DNU QUE QUIERE LIMITAR EL DERECHO A HUELGA

Publicado por BarilocheD
24 mayo, 2025
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ATE denunció al Gobierno nacional por limitar el derecho a huelga mediante el decreto 340/25, y exigió su declaración inmediata de inconstitucionalidad. El recurso de amparo recayó en el Juzgado Nacional de 1ª Instancia del Trabajo Nº 20. En el documento se argumenta «la afectación ilegal, arbitraria y manifiesta del derecho de huelga, al principio de progresividad y al de libertad sindical».

El sindicato además, solicitó que se dicte una medida cautelar para que se suspendan los efectos del decreto y no tenga vigencia mientras dure la medida cautelar. “Esperemos que la Justicia actúe con rapidez. Los efectos de este decreto deben ser suspendidos inmediatamente”, indicó Rodolfo Aguiar, Secretario General del sindicato.

“Prácticamente el mismo texto ya fue declarado inconstitucional. En esta instancia, no hay otra cosa que hacer más que ratificar lo anteriormente sentenciado. Muchas de las actividades que se plantean como esenciales las brinda el Estado. Por lo tanto esta norma dictada por el Ejecutivo nos afecta de manera directa a ATE y a todos los trabajadores estatales”, agregó el dirigente estatal.

Aguiar concluyó: “Estamos frente a una inconstitucionalidad manifiesta. El derecho de huelga es nuestro derecho más importante. Si nos lo quitan, a los trabajadores no nos queda nada. Este decreto se lo escribieron al Presidente las multinacionales y los grandes grupos empresarios del país. Tenemos que atacarlo en la Justicia y en la calle”.

El DNU 340/25 modifica el artículo 24 de la Ley 25.877, ampliando los servicios considerados “esenciales”. Aquellos que estén contemplados en esta categoría deberán garantizar un 75% de la prestación durante las huelgas, dejando así sin efecto las medidas de fuerza. Hasta antes de la publicación del decreto, se consideraba esencial aquel servicio cuya interrupción pudiera poner en peligro la salud, vida o seguridad de la población, siguiendo los lineamientos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

ATE aduce que muchas de las actividades que fueron incorporadas como servicios esenciales en el decreto son llevadas adelante por el Estado y, por lo tanto, implica una restricción para el ejercicio del derecho de huelga del sindicato.

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