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Inicio›Policial & Judicial›REVOCABA UNA PARED, LE ENTRÓ CAL EN EL OJO Y LO PERDIÓ. ORDENARON INDEMNIZACIÓN

REVOCABA UNA PARED, LE ENTRÓ CAL EN EL OJO Y LO PERDIÓ. ORDENARON INDEMNIZACIÓN

Publicado por BarilocheD
6 junio, 2025
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Un albañil revocaba una pared, parado sobre un andamio, mirando hacia arriba. De manera imprevista, un poco de cal ingresó en su ojo izquierdo. En la confusión, perdió el equilibrio, cayó y sufrió un fuerte traumatismo en la rodilla izquierda. El empleador denunció el siniestro, y la ART demandada aceptó la contingencia como accidente de trabajo, y le brindó las prestaciones correspondientes por la lesión en la rodilla.

Sin embargo, en relación con la lesión ocular, la cobertura de la ART resultó deficiente. No otorgó las prestaciones necesarias para la recuperación del ojo izquierdo. Dada la gravedad del daño y la ausencia de atención médica por parte de la aseguradora, el trabajador recurrió a su obra social para iniciar el tratamiento.

A pesar de las intervenciones médicas, la pérdida de visión en ese ojo se volvió irreversible debido a una severa afectación de la retina. Posteriormente, la ART otorgó el alta médica sin reconocer las secuelas incapacitantes. Por este motivo, el trabajador inició una demanda.

En sus conclusiones, el perito médico declaró: “Padeció un traumatismo en su rodilla izquierda al saltar del andamio, luego de que le cayera cal en el ojo izquierdo mientras realizaba tareas laborales. Recibió atención médica y rehabilitación por parte de su ART, con diagnóstico de fractura de la meseta tibial interna izquierda, lo cual dejó las secuelas descriptas en el examen físico.

Por otro lado, no consta en la documentación adjunta tratamiento alguno en el ojo izquierdo a raíz del evento denunciado”. Sin embargo, “no puede descartarse plenamente que el efecto del álcalis sobre el ojo izquierdo haya provocado una catarata por causticación, complicándose con el desprendimiento de retina y posterior pérdida total de la visión de ese ojo”.

Con toda la documentación, la Cámara Laboral de Viedma condenó a La Segunda A.R.T. S.A. a indemnizar al trabajador por la incapacidad laboral reconocida.

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