ANMAT PROHIBIÓ LA COMERCIALIZACIÓN DE DOS ACEITES DE OLIVA

En el transcurso de menos de una semana, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) retiró del mercado nacional dos marcas diferentes de aceites de oliva. La reciente decisión, oficializada mediante una disposición, se tomó debido a la ausencia de registros y a irregularidades en la numeración del producto.
Uno de los productos implicados es un “Aceite de oliva virgen extra primera prensada, marca Mito Andino”, que incurrió en dos faltas. Por un lado, el organismo constató que los números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y de Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) indicados en la etiqueta no existen, lo que lo convierte en un producto ilegal según la Ley de Alimentos.
La intervención surgió a partir de una consulta recibida por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), lo que derivó en la prohibición de su elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, incluyendo plataformas de venta por internet. El Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos solicitó a la autoridad de Mendoza verificar la validez de los registros, recibiendo como respuesta que no están autorizados.
El pasado martes, la entidad aplicó la misma medida a otro aceite de oliva, esta vez correspondiente a la marca “SOMA”, elaborado en Córdoba.
La investigación se centró en verificar la autenticidad del producto, ya que su etiquetado generaba sospechas respecto de su legalidad. La intervención del INAL motivó consultas oficiales canalizadas a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA) a la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de Córdoba.