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Inicio›Policial & Judicial›EL STJ DESESTIMÒ EL PLANTEO DE UN EMPLEADO DESPEDIDO POR ACOSO LABORAL

EL STJ DESESTIMÒ EL PLANTEO DE UN EMPLEADO DESPEDIDO POR ACOSO LABORAL

Publicado por BarilocheD
25 septiembre, 2025
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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro desestimó el recurso presentado por un trabajador que había sido despedido tras una denuncia de acoso en el ámbito laboral. La resolución confirmó un fallo de Bariloche que había rechazado la demanda por despido injustificado y que avaló el accionar de la empresa frente al conflicto.

El caso se originó a partir de un incidente ocurrido dentro del lugar de trabajo. Una empleada denunció una situación de acoso por parte de un compañero. El episodio involucró contacto físico no consentido y comentarios con connotación sexual. Aunque la denuncia penal fue posteriormente archivada, la empresa resolvió el despido directo del trabajador, sin indemnización. Lo justificó en la gravedad del hecho y en antecedentes disciplinarios previos.

El trabajador negó las acusaciones. Sostuvo que se trató de una situación malinterpretada. Por eso presentó una demanda laboral; reclamó una suma millonaria por despido sin causa y cuestionó el procedimiento adoptado por la empresa.

Durante el juicio, una cámara del Trabajo de Bariloche analizó las declaraciones testimoniales, los documentos internos del empleador, el informe psicológico aportado por la denunciante y el legajo del trabajador. Valoró el relato de la mujer como verosímil, consistente y respaldado por elementos que le daban contexto. Destacó la obligación de las empresas de intervenir frente a hechos de esta naturaleza, aún cuando no haya condena penal, en cumplimiento de normativas nacionales e internacionales que protegen la integridad psicofísica de las personas en el ámbito laboral.

En su sentencia, el tribunal de primera instancia consideró que la conducta atribuida al trabajador resultaba incompatible con la continuidad del vínculo. Señaló que el empleador no solo tenía derecho a actuar frente a esa situación, sino también el deber de garantizar un entorno libre de violencia. El fallo, que aplicó perspectiva de género, descartó la existencia de persecución empresarial y concluyó que el despido estaba plenamente justificado.

Disconforme con la decisión, el hombre presentó un recurso extraordinario federal ante el STJ. Alegó violación del derecho de defensa, arbitrariedad en la valoración de la prueba, uso indebido de un expediente externo y aplicación errónea de normas sobre violencia de género.

El STJ rechazó el planteo. Consideró que el recurso no cumplía con los requisitos exigidos para habilitar la vía extraordinaria. Subrayó que la disconformidad con la valoración de la prueba no es suficiente para reabrir el debate y recordó que no corresponde utilizar esta instancia como una tercera revisión del expediente.

El máximo órgano judicial de la provincia también observó deficiencias formales en la presentación. Indicó que el escrito no incluía la normativa aplicable con claridad, ni fundamentaba de modo específico los supuestos agravios. Destacó que el hombre no demostró un daño actual y directo derivado de la decisión cuestionada, sino que se limitó a enumerar una serie de desacuerdos con el fallo anterior. Con esos argumentos el STJ rechazó el recurso extraordinario y confirmó la sentencia del fuero Laboral.

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