EL MUNICIPIO RESPONDIÓ LA REQUISITORIA DEL STJ RESPECTO AL REFERENDUM DEL 9/11

El gobierno de Walter Cortés presentó un extenso informe ante el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro en el que respaldó la legalidad de la convocatoria al referéndum popular del 9 de noviembre, donde se someterán a votación diez propuestas de políticas públicas y proyectos de interés social.
El escrito, firmado por la apoderada legal Yanina Sánchez y los abogados Claudia López y Pablo Guerrero, sostiene que el intendente actuó en el marco del artículo 163 de la Carta Orgánica Municipal (COM), que faculta al Ejecutivo a llamar a consulta popular cuando lo juzgue conveniente.-
El Municipio señaló que el reclamo de cinco concejales ante el STJ se apoya en un “rigorismo formal” que no demuestra una lesión concreta a las facultades legislativas, ya que el resultado del referéndum deberá canalizarse necesariamente a través del Concejo.
El informe destaca que tanto la Constitución Nacional (artículos 39 y 40) como la Constitución Provincial de Río Negro (artículos 228 y 229) avalan mecanismos de democracia semidirecta, como el referéndum y el plebiscito, y que Bariloche, como municipio autónomo, incorporó estas herramientas en su Carta Orgánica.
El Ejecutivo remarcó que garantizó la transparencia del proceso mediante la publicación de las resoluciones en el Boletín Oficial, la intervención de la Junta Electoral Municipal y la ampliación del padrón electoral a jóvenes de 16 y 17 años y a residentes extranjeros. Además, ratificó el carácter obligatorio del voto, con una multa simbólica para quienes no concurran, y dispuso la gratuidad del transporte público el día de la elección.
Como antecedente, el escrito recuerda que en 2009 Bariloche ya había utilizado este mecanismo en la consulta sobre la instalación de un hipermercado. Además se destaca que los tres concejales oficialistas del PUL -Gerardo del Río, Mary Coronado y Tomás Hercigonja- también respaldaron públicamente la convocatoria.
A esto se suma la presentación formal del Tribunal de Contralor Municipal, que envió una nota al STJ en la que ratificó la validez de los actos administrativos dictados por el Ejecutivo y defendió la consulta como un mecanismo legítimo de participación ciudadana. El órgano de control subrayó que el referéndum “no sustituye al Concejo Deliberante sino que lo complementa” y que la decisión final, en caso de aprobación, deberá ser canalizada a través de las ordenanzas correspondientes.
En paralelo, el Tribunal de Contralor también había emitido una resolución pública en la que avaló la convocatoria, señalando que su implementación “fortalece la participación ciudadana y la transparencia”.
“El referéndum no desplaza al Concejo Deliberante, sino que lo complementa con la voz directa de la ciudadanía”, concluye el informe, que pide al STJ rechazar la acción interpuesta por los concejales opositores y confirmar la validez de los actos administrativos dictados por el intendente.