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Inicio›Policial & Judicial›CONDENARON A UN HOMBRE QUE INTENTÓ ROBAR A OTRO EN LA VÍA PÚBLICA

CONDENARON A UN HOMBRE QUE INTENTÓ ROBAR A OTRO EN LA VÍA PÚBLICA

Publicado por BarilocheD
6 marzo, 2026
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Intentó robar las pertenencias de un hombre que caminaba por el centro de nuestra ciudad, durante la tardecita del 7 de septiembre de 2025. El hecho objeto de este juicio abreviado, que fue homologado durante la audiencia por el juez interviniente, se desarrolló en las calles Gallardo casi Rolando, alrededor de las 19:40 y las 19:50, del día antes mencionado.

Según relató el fiscal del caso, el imputado -que se encontraba junto a otra persona que aún no se pudo identificar hasta el momento- mostró un elemento corto punzante de unos 12 centímetros con el que amenazó a la víctima mientras le exigía que le entregara sus cosas. Al mismo tiempo, el otro participante lo sujetó de la campera para impedir que escapara.

La víctima comenzó a pedir auxilio e intentó zafarse de sus agresores. En ese momento el imputado guardó el elemento cortante y continuó ejerciendo violencia física mediante golpes de puño, mientras que el otro hombre se retiró del lugar.

El hecho no llegó a concretarse porque personal de Gendarmería Nacional que pasaba por el lugar advirtió la situación y logró demorar al imputado cuando intentaba escapar. Luego se dio aviso a la Policía de Río Negro.

Los hechos fueron encuadrados como robo agravado por el uso de arma en grado de tentativa, en calidad de coautor, conforme a los artículos 42, 45 y 166 inciso 2 primer supuesto del Código Penal.

Durante la audiencia, el fiscal explicó que si bien la convocatoria inicial era para realizar el control de la acusación, luego de conversar con la Defensa ambas partes arribaron a un acuerdo de juicio abreviado. En ese marco expuso los antecedentes del legajo, describió el hecho atribuido, su calificación legal y el sustento probatorio, además de detallar la pena acordada y las pautas de conducta previstas.

El defensor expresó su conformidad con lo expuesto por la Fiscalía e indicó que había informado a su asistido acerca de su derecho a ir a juicio. Señaló que ambos consideraron que el acuerdo constituía la mejor solución al conflicto, por lo que solicitó su homologación.

Luego el juez explicó al imputado los alcances y consecuencias del juicio abreviado y le consultó si admitía el hecho atribuido y el acuerdo propuesto, incluyendo la pena y las pautas de conducta. El imputado manifestó su conformidad, condición necesaria para la realización de este tipo de procedimiento.

Finalmente, el juez resolvió aceptar el acuerdo presentado por las partes y condenar al hombre a la pena de dos años y siete meses de prisión en suspenso por el delito de robo agravado por el uso de arma blanca en grado de tentativa, en calidad de coautor.

Asimismo dispuso, por el mismo plazo de la condena, la prohibición de acercamiento respecto de la víctima, mantener el domicilio fijado en audiencia —debiendo informar cualquier cambio a su defensor—, no abusar del consumo de alcohol ni de estupefacientes y no cometer nuevos delitos por el término de cuatro años.

Además ordenó librar los oficios correspondientes a los organismos de registro y a la Policía de Río Negro, y encomendó a la Fiscalía informar a la víctima los derechos previstos en el artículo 11 bis de la Ley 24.660.

Esta norma establece que la víctima podrá ser informada y expresar su opinión ante el juez competente cuando se analicen eventuales beneficios durante la ejecución de la pena —como salidas transitorias, semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, libertad asistida o regímenes preparatorios para la liberación—, pudiendo fijar domicilio, designar representación legal y establecer el modo en que desea recibir las comunicaciones.

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