ADMITIERON LA ACUSACIÓN POR EL CRIMEN DE DIEGO MANUEL SIXTO EN VILLA LLANQUÍN

Fue admitida la acusación contra un hombre imputado por haber causado la muerte de Diego Manuel Sixto mediante el uso de un arma de fuego, y se dispuso el avance de la causa a juicio oral y público. El hecho ocurrió entre la tarde del 4 y la madrugada del 5 de mayo de 2025, en un campo ubicado a unos 13 kilómetros de Villa Llanquín.
Según la acusación fiscal, todo se inició a partir de una discusión entre el imputado y la víctima, quien se encontraba a caballo. En ese contexto, tras un intercambio en el que medió una agresión previa, el acusado se dirigió a su vivienda, tomó una escopeta y regresó al lugar, donde efectuó un disparo a corta distancia que impactó en la cabeza de la víctima y le provocó la muerte en el lugar.
Además, se le atribuye haber tenido en su poder, sin autorización legal, dos armas de fuego: la escopeta utilizada en el hecho y otra arma tipo pistolón hallada durante un allanamiento realizado días después en su domicilio. En relación con esta última, se indicó que presentaba una modificación prohibida —cañón recortado por debajo de la longitud permitida—, lo que agrava su condición legal.
Los hechos fueron calificados provisoriamente como homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en concurso real con los delitos de tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil y de uso civil condicional, en carácter de autor.
La querella adhirió a la acusación y ofreció prueba testimonial, entre ellas, personas del entorno cercano de la víctima, con el objetivo de aportar contexto sobre las circunstancias previas al hecho y su desarrollo.
Por su parte, la defensa pública penal no formuló objeciones a los hechos ni a la calificación legal propuesta, aunque planteó observaciones en relación con la pertinencia de cierta prueba pericial y ofreció testigos de contexto vinculados a las condiciones personales del imputado.
La acusación se sustenta, entre otros elementos, en las actuaciones policiales, los informes periciales, el secuestro de las armas y demás evidencia recolectada durante la investigación.
Durante la audiencia, se dispuso la apertura del juicio oral y público ante un tribunal colegiado. La Fiscalía adelantó que requerirá una pena de 12 años de prisión. Se prevé que el debate se extienda al menos durante cuatro jornadas, en las que declararán alrededor de una veintena de testigos ofrecidos por las partes, de acuerdo con los intereses procesales de cada una.
Al finalizar la audiencia y en relación con la medida cautelar, se resolvió mantener la prisión preventiva con la misma modalidad de cumplimiento, al considerar que subsisten los riesgos procesales, particularmente el posible entorpecimiento de la investigación.








