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Inicio›Municipales›CONTINUARON HOY LAS AUDIENCIAS EN EL MARCO DE LA CAUSA «TECHO DIGNO»

CONTINUARON HOY LAS AUDIENCIAS EN EL MARCO DE LA CAUSA «TECHO DIGNO»

Publicado por BarilocheD
11 febrero, 2025
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Hoy por la mañana se desarrolló una nueva audiencia en el marco del Control de Acusación desarrollado en el legajo penal que investiga los delitos de defraudación al Estado en la construcción de planes de vivienda del denominado programa Techo Digno.

La defensa particular de María Eugenia Martini, que se desempeñó como Intendente de Bariloche, planteó cuestiones preliminares en referencia a la validez de la acusación presentada por la fiscalía y solicitó, en consecuencia, que se dicte el sobreseimiento de su defendida.

El Juez de Juicio que lleva adelante este control de acusación dispuso un cuarto intermedio a fines de resolver este planteo.

Cabe recordar que en la Tercera Circunscripción la causa avanza en dos legajos diferentes. En una de ellas ya se encuentra fijada la fecha del juicio (28 al 31 de octubre de 2025), contra el ex intendente Gustavo Genusso por dos hechos que constituyen el delito de peculado.

El otro legajo, iniciado contra Martini y Alfredo Milano – ex funcionario de su gestión- se encuentra en instancia de control de acusación.

En instancias anteriores se rechazaron planteos de sobreseimiento por atipicidad y comenzó luego el control de acusación en el marco del cual ya se describieron los hechos imputados ante el Juez de Juicio interviniente. Resta avanzar en la enumeración de la prueba a producir en juicio contra los funcionarios, lo cual se desarrollará en próximas audiencias.

El caso ya cuenta con un empresario – propietario de Oriente Construcciones- que ofreció una suspensión de juicio a prueba que fue acordada con la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, en tanto parte perjudicada en este proceso penal. La misma fue aceptada por el Magistrado interviniente en el mes de diciembre del pasado año.

Este instrumento que puede ser solicitado por el acusado, está previsto en el Código Penal para delitos cuya condena implique una pena de prisión menor a los tres años, es decir, que sea excarcelable. Esta salida, que el ordenamiento legal nacional prohíbe a los funcionarios públicos que estén acusados de cometer delitos en el ejercicio de su función, procedió en este caso dado que el imputado que la solicita lo está en su calidad de empresario de la construcción.

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