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Inicio›Interes. Gral.›DESCARTAN EL LOMO DE BURRO COMO LA CAUSA DE UN SINIESTRO VIAL

DESCARTAN EL LOMO DE BURRO COMO LA CAUSA DE UN SINIESTRO VIAL

Publicado por BarilocheD
24 septiembre, 2025
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Una sentencia del fuero Civil descartó que existiera el lomo de burro que dos personas señalaron como la causa de un incidente vial y por eso rechazó la demanda que habían presentado contra la Municipalidad. La decisión judicial sostuvo que no se probó la presencia del reductor de velocidad en el lugar del hecho.

El expediente se inició luego de que ambas personas denunciaran que mientras circulaban de noche por calle Roque Sáenz Peña en un cuatriciclo, se toparon de forma imprevista con un lomo de burro sin señalizar y de grandes dimensiones, lo que provocó la caída y diversas lesiones. Alegaron que la Municipalidad de Catriel debía responder por haber colocado un elemento riesgoso en la vía pública.

Durante el proceso, el foco estuvo puesto en comprobar si efectivamente existía el reductor en el lugar señalado y si presentaba características irregulares. La sentencia indicó que no se presentaron fotografías, planos ni constancias técnicas que confirmaran su existencia. Tampoco se ofrecieron testigos presenciales del accidente ni informes policiales que acreditaran el hecho.

Una pericia técnica realizada años después del incidente describió la calle como una traza de ripio, recta, con iluminación artificial y carteles que advierten la presencia de reductores de velocidad. En el lugar solo se detectó una leve elevación del terreno, sin elementos que permitieran vincularla directamente con un lomo de burro como el que se había denunciado. El perito no pudo reconstruir la mecánica del hecho ni determinar su ubicación exacta por la falta de pruebas objetivas.

La sentencia también consideró que el vehículo involucrado no estaba habilitado para circular por la vía pública. Se trataba de un cuatriciclo sin Licencia de Configuración de Modelo, una exigencia técnica establecida por la legislación de tránsito para vehículos automotores. Esa licencia certifica que el rodado cumple con condiciones mínimas de seguridad para circular en calles y rutas.

Frente a esa situación, el fallo concluyó que quienes reclamaron lo hicieron tras haber circulado en un vehículo no autorizado, sin demostrar que cumplieran con las exigencias legales básicas. A eso se sumó la ausencia de pruebas sobre el estado, la existencia o las dimensiones del supuesto lomo de burro.

Por todo esto, el fuero Civil de Cipolletti resolvió que no existieron elementos suficientes para atribuir responsabilidad a la Municipalidad de Catriel y rechazó el reclamo. La sentencia es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelada.

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