Bariloche Digital

Top Menu

  • Bariloche Digital
  • Contacto

Main Menu

  • Portada
  • Policiales & Judiciales
  • Municipales
    • Regionales
    • Argentina & Gobiernos
    • Del Exterior
  • Política & Sindical
  • Interés General
  • Deportivas
  • Opinión
  • Necrológicas

logo

Header Banner

Bariloche Digital

  • Portada
  • Policiales & Judiciales
  • Municipales
    • Regionales
    • Argentina & Gobiernos
    • Del Exterior
  • Política & Sindical
  • Interés General
  • Deportivas
  • Opinión
  • Necrológicas
Policial & Judicial
Inicio›Policial & Judicial›División de bienes. Otro «vivillo»: el marido tomaba todas las decisiones comerciales y ponía bienes a nombre de su madre

División de bienes. Otro «vivillo»: el marido tomaba todas las decisiones comerciales y ponía bienes a nombre de su madre

Publicado por BarilocheD
23 agosto, 2024
352
0
Compartir:

Un fallo de la Cámara de Apelaciones de Roca, aplicando perspectiva de género, confirmó una sentencia sobre la distribución de bienes gananciales de un matrimonio que se divorció. Los fallos contemplaron que durante el vínculo, tanto el hombre como la mujer aportaban dinero y trabajo a una próspera empresa familiar, pero era el marido quien tomaba todas las decisiones comerciales importantes y ponía valiosos bienes a nombre de su madre.

Tras el divorcio, llegado el momento de distribuir los bienes de la comunidad, el hombre demandó a la mujer. En ese proceso quedó en evidencia un “fraude a la ganancialidad” que perjudicaba a la esposa, porque ella no figuraba en las inversiones de dinero para comprar un terreno en la playa, ni en los planes de ahorro de cuatro vehículos a nombre de la suegra ni en las mejoras construidas en la vivienda familiar.

Además, ella sólo aparecía con el 20 por ciento de las cuotas sociales de la empresa familiar, mientras que el hombre tenía el 80 por ciento restante y se había reservado prácticamente todas las facultades de decisión en el negocio. Para resolver el caso se aplicó el concepto de fraude y también la figura de la recompensa.

En el proceso se verificó que la historia del matrimonio, plagada de estereotipos sobre el rol de la mujer y afectada por hechos de violencia familiar y violencia de género económica, había dejado a la esposa en “una situación de desequilibrio y desventaja que no puede ser tolerada”, según definió la Cámara Civil al confirmar el fallo del Juzgado de Familia de Villa Regina.

Cuando el hombre interpuso la demanda de liquidación de la comunidad, sólo declaró la existencia de los bienes que estaban a nombre del matrimonio, dejando fuera el terreno y los vehículos que estaban a nombre de su madre pero que, en los hechos, se habían pagado con dinero de la pareja. También pretendió, en esa división, que la esposa pagara por la mitad de una conciliación laboral por un trabajador despedido de la empresa, a pesar de que esa conciliación había sido decidida por él en forma exclusiva.

Cuando la mujer contestó la demanda hizo una lista de todos los bienes a nombre de su suegra y detalló cómo había sido limitada a una participación mínima en las decisiones económicas del matrimonio. Luego de analizar todo el contexto, la jueza de primera instancia reconoció que la esposa tenía derecho a su parte del “valor” de los bienes que están a nombre de la suegra.

Explicó que no se puede negar la propiedad de la señora mayor, porque son bienes registrados legalmente a su nombre, pero que era necesario reconocer que la esposa había aportado dinero para esas compras. Así, se reconocieron los “valores” como parte de la comunidad de bienes a dividir.

El razonamiento fue avalado por la Cámara cuando el hombre apeló el fallo de primera instancia. “De la atenta lectura de todas las pieza procesales así como de los trámites conexos se extrae que estamos frente a una compleja situación familiar teñida de un sinnúmero de causas y cuestiones propias de un vínculo tórrido que amerita el análisis bajo el prisma de la insoslayable perspectiva de géneros”, aclaró la Cámara en el inicio de su sentencia.

En sus conclusiones, el Tribunal de Roca avaló que “la solución dada por la magistrada (…) implica una acción positiva en los términos del art. 75, inc. 23 de la Constitución Nacional, que tiende a restablecer la situación de desequilibrio y desigualdad en razón del género analizada, todo en consonancia con la normativa constitucional, convencional, nacional y local vigentes en la materia”.

Articulo Anterior

JUZGADO DE PAZ ORDENÓ MEDIDAS CAUTELARES EN ...

Articulo Siguiente

PARTICULAR DISCULPA DE JONES HUALA AL MÉDICO ...

0
Compartir
  • 0
  • +
  • 0
  • 0
  • 0

Artículos Relacionados Más Artículos del Autor

  • Policial & Judicial

    SE DEFENDIÓ A LOS MAZAZOS DE DOS DELINCUENTES. A UNO DE ELLOS NO LO CONOCERÁN NI EN SU FAMILIA

    16 enero, 2023
    Publicado por BarilocheD
  • Policial & Judicial

    NOTICIA DEL DIA: DETUVIERON AL PRÓFUGO FACUNDO JONES HUALA EN EL BOLSON

    30 enero, 2023
    Publicado por BarilocheD
  • Policial & Judicial

    LA DENUNCIA DE GELAIN ESTÁ EN ADMISIÓN DE LA FISCALÍA. FUE CITADA A DECLARAR

    8 noviembre, 2022
    Publicado por BarilocheD
  • Policial & Judicial

    REPUDIO DEL PJ-NE A LOS DESPIDOS MASIVOS EN LA ADMINISTRACION PÚBLICA

    2 julio, 2024
    Publicado por BarilocheD
  • Policial & Judicial

    HUBO 17 ALCOHOLEMIAS POSITIVAS EL FIN DE SEMANA. EL PEOR REGISTRO: 2,17 g/l

    13 mayo, 2024
    Publicado por BarilocheD
  • Policial & Judicial

    LAMENTABLE ACCIDENTE CAUSÓ UNA TRAGEDIA FAMILIAR ANOCHE

    1 mayo, 2024
    Publicado por BarilocheD

  • Opinión

    RELACIONAN EL USO ABUSIVO DE PORNOGRAFÍA CON POSIBLE DETERIORO DE LA FUNCIÓN SEXUAL

  • Policial & Judicial

    Chocó contra una pala cargadora estacionada a contramano y perdió un embarazo avanzado

  • Regionales

    VLA: AMENAZARON AL FISCAL AL TERMINAR LA AUDIENCIA

Seguínos en las Redes Sociales

Concientización Social

CONTACTO

Bariloche Digital

  •  Roberto Sosa Lukam
  •   Mitre 125 - Oficina 122 EP/ San Carlos de Bariloche
  •  +54 294 458-7367
  • sosalukman@gmail.com

Agradecimiento

Gracias a los televidentes de El Catalejo Te Ve que nos insistieron en intentarlo, a la previsión de haber adquirido la dirección web en 2002 y a mantenerla desde entonces,iniciamos un 9 de Abril de 2010 un nuevo emprendimiento periodístico, festejando los CINCO años de vida de EL CATALEJO TE VE, un programa que Bariloche necesitaba porque lo que hubo en los últimos años no satisfizo. Depositamos en este digital un sinnúmero de esperanzas y aspiraciones, siempre con la idea de contribuir a brindar más Libertad de Expresión, más Democracia, más Valores y también una Férrea defensa del Sistema Democrático. Podrán participar todos quienes se manejen con el debito respeto, lenguaje y consideración y honestamente, intentaremos ser lo más objetivos dentro de nuestra obvia subjetividad. Permitimos reproducir la información citándo la fuente.

Quienes Somos

Roberto Sosa Lukam Periodista, Martillero Público Nacional, Profesor de Ciencias Sociales, Editor de www.barilochedigital.com y Conductor y Productor de EL CATALEJO Te Ve.

Programa de Periodismo Político que se difunde simultáneamente en ambos Video-cables de San Carlos de Bariloche desde el primer jueves de Febrero de 2006.

Domicilio Legal: Tacuarí 52. S.C. de Bariloche, Río Negro - Argentina.
  • Portada
  • Contacto
Copyright © 2022 ® Bariloche Digital | Sitio Producido por Karma Web Sitios