LE PIDIERON QUE FIRMARA UN PAPEL Y NO VOLVIERA MÁS. CONFIRMARON EL DESPIDO

Durante años trabajó en una planta de Cipolletti como soldador y sopletero. Conocía cada rincón del lugar, pero un día, todo cambió. Una empleada administrativa se le acercó con un mensaje del socio gerente: debía firmar una documentación. No le dieron copia, tampoco explicaciones. Solo una indicación: “No vuelvas hasta que te llamemos”.
Pasaron los días. No hubo llamados, ni pagos, ni tareas asignadas. El silencio de la empresa fue total. Entonces, el trabajador envió cartas documento. Reclamó el pago de su salario. Exigió que se reconozca su verdadera fecha de ingreso. Denunció que recién lo habían registrado en 2019, aunque llevaba años trabajando. Nadie respondió.
Buscó ayuda en la Delegación de Trabajo. Tampoco tuvo suerte: la parte empleadora se presentó, pero negó todo y se retiró sin proponer una solución. Más de un año después, sin respuestas ni ocupación efectiva, el trabajador se consideró despedido.
La Cámara Laboral de Cipolletti intervino y confirmó los hechos. La sentencia señaló que el vínculo laboral existió en dos períodos, pero que solo el segundo fue parcialmente registrado. También determinó que el salario abonado era inferior al que correspondía por su categoría. Ante la ausencia de tareas, la falta de pago y el ocultamiento de la antigüedad, el tribunal entendió que el despido resultó justificado y que la empresa debía responder por las indemnizaciones.
Además, se ordenó el pago de incrementos previstos por la legislación vigente y se exigió la entrega de los certificados laborales. La causa se resolvió sin que la parte demandada se presentara a ejercer su defensa, lo que generó presunciones a favor del trabajador.
La sentencia alcanzó a la firma Resagos Cipolletti SRL, con establecimiento en la ciudad de Cipolletti, dedicada a tareas industriales y logísticas.