Bariloche Digital

Top Menu

  • Bariloche Digital
  • Contacto

Main Menu

  • Portada
  • Policiales & Judiciales
  • Municipales
    • Regionales
    • Argentina & Gobiernos
    • Del Exterior
  • Política & Sindical
  • Interés General
  • Deportivas
  • Opinión
  • Necrológicas

logo

Header Banner

Bariloche Digital

  • Portada
  • Policiales & Judiciales
  • Municipales
    • Regionales
    • Argentina & Gobiernos
    • Del Exterior
  • Política & Sindical
  • Interés General
  • Deportivas
  • Opinión
  • Necrológicas
Interes. Gral.
Inicio›Interes. Gral.›LO DESAFILIARON DEL CLUB Y LE PROHIBIERON JUGAR EN LA LIGA HASTA QUE PAGUE LA CUOTA ALIMENTARIA

LO DESAFILIARON DEL CLUB Y LE PROHIBIERON JUGAR EN LA LIGA HASTA QUE PAGUE LA CUOTA ALIMENTARIA

Publicado por BarilocheD
27 septiembre, 2024
361
0
Compartir:

Una medida judicial ordenó desafiliar de un club a un deudor alimentario e inhabilitarlo para participar de cualquier encuentro deportivo que coordine esa entidad hasta que no cumpla con sus obligaciones. La resolución se tomó luego de sistemáticos incumplimientos de sus deberes alimentarios por parte de hombre. Anteriormente había sido inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios y se le habían embargado los bienes muebles para lograr que pague.

Todas esas medidas habías resultado infructuosas. Incluso se le inició un proceso penal por el delito de incumplimiento de deberes de asistencia familiar. La ex pareja afirmó que el hombre juega en la primera división en el Club Cristal de la Liga de El Bolsón, por lo que solicitó su desafiliación y que se le impida practicar fútbol en esa competición.

A la hora de resolver, la jueza del Juzgado Multifueros de El Bolsón, tuvo en cuenta que “el art. 553 del CCC faculta al magistrado a imponer medidas para asegurar el cumplimiento y eficacia de la sentencia dictada en estos términos”. Así, “puede imponer al responsable del incumplimiento reiterado de la obligación alimentaria medidas razonables para asegurar la eficacia de la sentencia».

Esta norma “ofrece la posibilidad de aplicar las medidas que se consideren mas apropiadas a fin de obtener el cumplimiento de la prestación alimentaria”. Para ello, se debe valorar por un lado el incumplimiento reiterado del pago íntegro de la cuota alimentaria por parte del alimentante y por otro la razonabilidad de la medida.

“Debemos considerar que el derecho alimentario constituye un derecho humano básico, por lo cual la prestación alimentaria es siempre motivo de gran preocupación, pero no solo su fijación sino también su efectivo cumplimiento”, explicó la magistrada. Agregó que “a falta de cumplimento del progenitor con deberes esenciales respecto de su hijo, vulnerando derechos humanos de unos de los grupos más desprotegidos de la sociedad, importa además ejercer violencia de género de tipo económica en contra de la progenitora”.

De esta manera, dispuso la desafiliación y la inhabilitación para jugar en la liga. La medida tiene una duración de un año, es prorrogable, pero puede acortarse si salda la totalidad de las obligaciones alimentarias.

Articulo Anterior

OTRA DISTRACCIÓN DE LA POBREZA Y MISERIA, ...

Articulo Siguiente

RESCATAN A ESQUIADORA DE JAPÓN TRAS DESCOMPENSARSE ...

0
Compartir
  • 0
  • +
  • 0
  • 0
  • 0

Artículos Relacionados Más Artículos del Autor

  • Interes. Gral.

    TRES FINALISTAS EN EL CONCURSO DE LA EMPANADA RIONEGRINA

    28 febrero, 2023
    Publicado por BarilocheD
  • Interes. Gral.

    ESTA NOCHE AUMENTA OTRA VEZ LA NAFTA UN 27 % MÁS

    2 enero, 2024
    Publicado por BarilocheD
  • Interes. Gral.

    OJO CON LOS ASADOS PELIGROSOS: DEBERÁ ARREGLAR SU PARRILA PORQUE PONE EN RIESGO A SUS VECINOS

    5 octubre, 2023
    Publicado por BarilocheD
  • Interes. Gral.

    EL TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN CONFIRMÓ LAS CONDENAS POR USURPACIÓN EN CUESTA DEL TERNERO

    18 febrero, 2025
    Publicado por BarilocheD
  • Del ExteriorInteres. Gral.

    EL PAPA IMPLORA «EL FIN DE LA GUERRA EN UCRANIA»

    27 febrero, 2022
    Publicado por BarilocheD
  • Interes. Gral.

    SUSANA FREYDOZ, CONDENADA POR EL HOMICIDIO DEL EX GOBERNADOR CARLOS SORIA, TENDRÁ DOS SALIDAS TRANSITORIAS POR MES

    28 noviembre, 2022
    Publicado por BarilocheD

  • Policial & Judicial

    CONDENAN A 15 AÑOS DE PRISIÓN A AUTOR DE ABUSO Y CORRUPCIÓN DE MENORES

  • Opinión

    TREINTA Y NUEVE AÑOS DEL RETORNO DE LA DEMOCRACIA

  • Policial & Judicial

    INTERVENCIÓN FISCAL POR LO OCURRIDO EN EL RIO MANSO

Seguínos en las Redes Sociales

Concientización Social

CONTACTO

Bariloche Digital

  •  Roberto Sosa Lukam
  •   Mitre 125 - Oficina 122 EP/ San Carlos de Bariloche
  •  +54 294 458-7367
  • sosalukman@gmail.com

Agradecimiento

Gracias a los televidentes de El Catalejo Te Ve que nos insistieron en intentarlo, a la previsión de haber adquirido la dirección web en 2002 y a mantenerla desde entonces,iniciamos un 9 de Abril de 2010 un nuevo emprendimiento periodístico, festejando los CINCO años de vida de EL CATALEJO TE VE, un programa que Bariloche necesitaba porque lo que hubo en los últimos años no satisfizo. Depositamos en este digital un sinnúmero de esperanzas y aspiraciones, siempre con la idea de contribuir a brindar más Libertad de Expresión, más Democracia, más Valores y también una Férrea defensa del Sistema Democrático. Podrán participar todos quienes se manejen con el debito respeto, lenguaje y consideración y honestamente, intentaremos ser lo más objetivos dentro de nuestra obvia subjetividad. Permitimos reproducir la información citándo la fuente.

Quienes Somos

Roberto Sosa Lukam Periodista, Martillero Público Nacional, Profesor de Ciencias Sociales, Editor de www.barilochedigital.com y Conductor y Productor de EL CATALEJO Te Ve.

Programa de Periodismo Político que se difunde simultáneamente en ambos Video-cables de San Carlos de Bariloche desde el primer jueves de Febrero de 2006.

Domicilio Legal: Tacuarí 52. S.C. de Bariloche, Río Negro - Argentina.
  • Portada
  • Contacto
Copyright © 2022 ® Bariloche Digital | Sitio Producido por Karma Web Sitios