MEDIA SANCIÓN PARA EL PROYECTO DE REFORMA DE LA LEY DE ALQUILERES
Con 125 votos a favor, 112 en contra y 3 abstenciones, se aprobó el proyecto que establece que los ajustes sean por intervalos no inferiores a 4 meses y que el mecanismo de actualización pueda combinarse entre tres índices, a acordar por las partes. Además, vuelve a dos años el plazo de los contratos.
La iniciativa aprobada establece que “en los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a 4 meses”.
En tanto, “para los ajustes, las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”.
Además, el proyecto vuelve a dos años el plazo mínimo legal de los contratos e incorpora una serie de incentivos para promover la oferta de viviendas en el mercado.