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Inicio›Policial & Judicial›Motociclista venía a velocidad excesiva pero tenía prioridad de paso: ¿quién debe pagar?

Motociclista venía a velocidad excesiva pero tenía prioridad de paso: ¿quién debe pagar?

Publicado por BarilocheD
22 marzo, 2025
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Un motociclista que circulaba con prioridad de paso por una calle de la ciudad sufrió un accidente cuando una camioneta que transitaba en sentido perpendicular lo embistió en una intersección, en Roca. A raíz del impacto, el conductor de la moto fue despedido y sufrió severas lesiones en su pierna izquierda. Requirió una intervención quirúrgica y una extensa rehabilitación.

El siniestro ocurrió en la intersección de las calles Don Bosco y Uruguay. La víctima se desplazaba en su motocicleta en sentido sur-norte cuando una camioneta que circulaba de oeste a este ingresó a la intersección sin respetar la prioridad de paso. El impacto se produjo en el lateral trasero del vehículo mayor. Provocó la caída del motociclista y su posterior traslado al hospital local.

Como consecuencia del accidente, el damnificado sufrió una fractura cerrada en el tercio inferior de la tibia izquierda, lo que demandó una cirugía para estabilizar la lesión con una placa y tornillos. Además, debió afrontar un proceso de recuperación que incluyó más de 20 sesiones de fisioterapia. Pericias médicas determinaron que las secuelas físicas le generaron una incapacidad parcial y permanente del 25%.

Durante el juicio civil se concluyó que la principal causa del accidente fue la violación de la prioridad de paso por parte del conductor de la camioneta. No obstante, también se tuvo en cuenta que el motociclista circulaba a una velocidad superior a la permitida en la intersección, lo que contribuyó a la imposibilidad de evitar el impacto. En función de ello, se estableció una responsabilidad compartida, asignando el 70% de la causalidad al demandado y el 30% a la víctima.

En la sentencia se ordenó a los demandados a indemnizar al motociclista con una suma superior a los 30 millones de pesos, destinada a cubrir la incapacidad sobreviniente, los gastos médicos y el daño moral.

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