NUEVO ENCUENTRO LLAMÓ A ELECCIONES INTERNAS A CARGOS ELECTIVOS MUNICIPALES
La Mesa de Conducción Provincial del Partido Nuevo Encuentro por la Democracia y la Equidad eitió un comunicado relacionado a los Municipios que tendrán elecciónes el 11 de Junio señalando en su Artículo 1º:
Convocar a Elecciones Internas para el día 17 de abril de 2023, para la nominación de las candidaturas a cargos electivos Municipales que el Partido Nuevo Encuentro por la Democracia y la Equidad en el marco de la alianza NOS UNE RÍO NEGRO sostendrá en las Elecciones Municipales que se desarrollen el día 11 de junio de 2023, y en otras fechas próximas a la misma, en orden a las candidaturas que seguidamente se describen:
1) Municipalidad de Cinco Saltos
a) Intendente Municipal
b) Siete (7) Concejales Titulares y siete (7) Concejales Suplentes.
c) Tres (3) Miembros titulares y tres (3) Miembros suplentes del Tribunal de Cuentas.
2) Municipalidad de Campo Grande
a) Cinco (5) Concejales Titulares y cinco (5) Concejales Suplentes.
b) Tres (3) Miembros titulares y tres (3) Miembros suplentes del Tribunal de Cuentas.
3) Municipalidad de Dina Huapi
a) Intendente Municipal
b) Tres (3) Concejales Titulares y tres (3) Concejales Suplentes.
c) Tres (3) Miembros titulares y tres (3) Miembros suplentes del Tribunal de Contralor.
4) Municipalidad de Guardia Mitre
a) Intendente Municipal
b) Tres (3) Concejales Titulares y tres (3) Concejales Suplentes.
c) Tres (3) Miembros titulares y tres (3) Miembros suplentes del Tribunal de Cuentas.
5) Municipalidad de Ingeniero Huergo
a) Intendente Municipal
b) Cinco (5) Concejales Titulares y cinco (5) Concejales Suplentes.
c) Tres (3) Miembros titulares y tres (3) Miembros suplentes del Tribunal de Cuentas.
6) Municipalidad de Ingeniero Jacobacci
a) Intendente Municipal
b) Tres (3) Concejales Titulares y tres (3) Concejales Suplentes.
c) Tres (3) Miembros titulares y tres (3) Miembros suplentes del Tribunal de Cuentas.
7) Municipalidad de Maquinchao
a) Intendente Municipal
b) Dos (2) Concejales Titulares y dos (2) Concejales Suplentes.
c) Tres (3) Miembros titulares y tres (3) Miembros suplentes del Tribunal de Cuentas.
8) Municipalidad de Ñorquinco
a) Intendente Municipal
b) Un (1) Concejal Titular y un (1) Concejal Suplente.
c) Tres (3) Miembros titulares y tres (3) Miembros suplentes del Tribunal de Cuentas.
9) Municipalidad de Valcheta
a) Intendente Municipal
b) Cuatro (4) Concejales Titulares y cuatro (4) Concejales Suplentes.
c) Tres (3) Miembros titulares y tres (3) Miembros suplentes del Tribunal de Cuentas.
Artículo 2º.- Aprobar, a los fines del acto eleccionario, el siguiente cronograma electoral:
· 19 de marzo de 2023: Habilitación para la presentación de Lista de Candidatos y solicitud de modelos de avales.
· 10 de abril de 2023: Vence el plazo de presentación de Listas de Candidatos ante la Junta Electoral Provincial.
· 13 de abril de 2023: Presentación del modelo de Boletas ante la Junta Electoral Provincial.
· 17 de abril de 2023: Elecciones Internas/comicios.
Artículo 3º.- Estarán habilitados para participar como candidatos o candidatas de las elecciones internas los afiliados a los partidos políticos que conforman la alianza Nos Une Río Negro y los ciudadanos extrapartidarios que cumplan con las condiciones de elegibilidad del cargo para cual se postulan.
Artículo 4º.- La Junta Electoral Provincial recepcionará las listas de candidatos y candidatas, aceptaciones de candidaturas y avales a las mismas. Se faculta a la Junta Electoral Provincial a realizar las medidas necesarias para verificar la legalidad de los documentos presentados por las listas.
Artículo 5°.- En los casos en que se haya oficializado una sola Lista de Candidatos para determinada categoría de cargos, se podrá prescindir del voto de los afiliados procediendo la Junta Electoral a la proclamación de las mismas.
Artículo 6º.- Se faculta a la Junta Electoral Provincial a disponer la modificación de los plazos
establecidos en el cronograma fijado en el artículo 2º de la presente en orden al mejor desempeño del proceso electoral o por razones de fuerza mayor, ad referéndum de la Mesa de Conducción Provincial.
Artículo 7º.- El orden de prelación al que acceda cada candidato o candidata con motivo de ésta elección no es considerado definitivo. Queda establecido que dicho orden esta condicionado a las probables incorporaciones de figuras extrapartidarias y a los acuerdos que resulten de la Alianza Electoral Nos Une Río Negro, como a los convenios de adhesión de candidaturas que se celebren.
En todos los casos, el orden podrá ser modificado en forma ascendente o descendente con miras a obtener un mejor desempeño electoral, siendo la Comisión Ejecutiva la Alianza Nos Une Río Negro, convocada a tales efectos, la que resuelve y aprueba esas modificaciones del orden de prelación.
Artículo 8°.- Comuníquese a la Justicia Electoral Provincial y a la Junta Electoral Provincial. Publiquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro y en un medio de alcance provincial. Cumplido, archivese.
FIRMAN: Matías Chironi Secretario General – Leandro García Presidente Nuevo Encuentro por la Democracia y la Equidad