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Inicio›Policial & Judicial›ORDENAN CORTAR VEINTE PINOS DE UNA MEDIANERA POR RIESGO A UNA VIVIENDA

ORDENAN CORTAR VEINTE PINOS DE UNA MEDIANERA POR RIESGO A UNA VIVIENDA

Publicado por BarilocheD
11 agosto, 2026
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Una evaluación del Servicio Forestal Andino confirmó el peligro que representan 20 pinos ponderosa de gran altura para una vivienda de la zona oeste de Bariloche. Los especialistas determinaron que los árboles presentan inestabilidad estructural y recomendaron cortarlos al ras del suelo. Esa conclusión fue determinante para un fallo del fuero Civil que hizo lugar a una acción de daño temido y ordenó retirar los ejemplares.

El conflicto se concentra sobre la línea divisoria entre la propiedad de la mujer que llevó el caso al Poder Judicial y los terrenos vecinos. Allí se encuentran los pinos, que superan los 20 metros de altura y, de acuerdo con el planteo presentado en el expediente, representan una amenaza ante los fuertes vientos.

La preocupación se concentró desde el comienzo en una vivienda. La mujer sostuvo que el estado y la altura de los árboles podían provocar desrames, desgajes o roturas de los troncos con consecuencias directas sobre su propiedad. También advirtió sobre el peligro para las personas que residen en la casa.

Antes de acudir al fuero Civil, intentó encontrar una solución con los responsables de las propiedades linderas. Según relató, formuló reclamos verbales para que adoptaran medidas destinadas a reducir el riesgo, pero aseguró que no obtuvo una respuesta concreta.

La situación derivó en una consulta al Servicio Forestal Andino. La intervención del organismo permitió establecer el estado de los árboles y aportó el elemento técnico que después tuvo un peso central en la resolución.

Los especialistas constataron que en las propiedades vecinas existen 20 pinos ponderosa y determinaron que presentan inestabilidad estructural. Frente a ese diagnóstico, recomendaron cortar todos los ejemplares al ras del suelo.

El organismo también propuso reemplazarlos por especies nativas arbustivas en igual cantidad y señaló que, antes de iniciar los cortes, deben realizarse los trámites correspondientes ante esa institución.

Con esos elementos, el caso llegó al Poder Judicial a través de una acción de daño temido. Se trata de una herramienta que permite adoptar medidas frente a un peligro cierto, grave e inminente para las personas o sus bienes.

El juez interviniente entendió que el planteo reunía esas características. La evaluación técnica respaldó el riesgo denunciado por la propietaria y aportó sustento a su pedido de una intervención preventiva.

La posibilidad de desrames, desgajes o roturas de los troncos fue uno de los puntos centrales que valoró el magistrado. Frente a ese escenario, consideró necesario adoptar una medida para hacer cesar el peligro tanto sobre la vivienda como sobre la integridad física de sus ocupantes.

La acción alcanzó a Del Valle SRL y/o responsables de la explotación comercial “La Posada del Angel”, a los responsables de “La Posada del Chimango” y a quienes resulten propietarios, poseedores o tenedores de los inmuebles involucrados.

El fallo ordenó cortar al ras del suelo los 20 pinos ponderosa ubicados sobre la medianera con la propiedad de la mujer. La intervención deberá respetar las indicaciones del Servicio Forestal Andino y requerirá completar previamente los trámites exigidos por ese organismo.

La resolución también estableció qué ocurrirá ante un incumplimiento. Si los obligados no realizan los trabajos, la mujer que promovió la acción podrá efectuar los cortes a costa de los demandados.
Además, el juez fijó una sanción de 50.000 pesos por cada día corrido de demora.

El fallo contempló también la posibilidad de remitir los antecedentes al fuero penal ante la eventual comisión de un delito de orden público.

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