SE ANULÓ LA ENTREGA DE TIERRAS DEL EJÉRCITO A UNA COMUNIDAD MAPUCHE LOCAL

La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló todo lo actuado en una causa en donde un grupo de funcionarios del INAI idearon una serie de maniobras que concluyeron en la entrega a la comunidad mapuche Millalonco Ranquehue un predio de 180 hectáreas registradas a nombre del Ejército Argentino sobre la ladera oeste del cerro Otto.-
Se trata de un caso clave en donde, incluso, en los tribunales federales de Comodoro Py 2002 se había abierto una causa penal para investigar la responsabilidad de los funcionarios nacionales que no apelaron a tiempo la decisión. Se anuló todo el proceso porque en el caso se omitió adrede dar intervención a la provincia de Río Negro, cuya citación resultaba necesaria para que pudiera ejercer su derecho de defensa en juicio.
“Las circunstancias son suficientes para advertir, sin mayor esfuerzo, que la Provincia de Río Negro debe ser convocada a efectos de integrar la litis correctamente. Su interés en el conflicto resulta evidente, pues la actora pretende instrumentar una resolución del INAI que fue dictada sin el debido respeto a los poderes concurrentes de la provincia en la materia. También es clara su legitimación para reclamar judicialmente participación en el asunto”, sostuvo el fallo al que accedió Infobae.
las familias de Millalonco Ranquehue aseguran que habitaban este territorio desde fines de siglo XIX, antes de que se establezcan las tropas militares en el lugar.
El predio fue reconocido como territorio de los Ranquehue por el Estado Nacional mediante una resolución entre gallos y medianoche del INAI del 2012. Pero estas tierras están en manos de la Escuela Militar de Montaña, fundada en el año 1964, y se usan para perfeccionar a las tropas de Montaña del Ejército Argentino y también para el pastoreo del ganado.
En Comodoro Py se radicó la denuncia para analizar por qué no llegó la apelación a tiempo. El juez Rafecas opinó que el caso debía tramitarse en el sur, pero el fiscal Carlos Stornelli se opuso y la Cámara Federal entendió que la causa quedó en los tribunales de Retiro. Luego Rafecas opinó que no existía delito y dictó la falta de mérito de los involucrados.
La Sala I Cámara Federal porteña, con la firma de los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, revisó el fallo y dispuso el procesamiento de todos por incumplimiento de sus deberes a los funcionarios involucrados.¡ “Hubo una maniobra que dejó en estado de indefensión al Ejército Argentino”, sostuvo el fallo.
E incluyó una serie de comunicaciones en donde, por ejemplo, Vázquez reclama que le avisen sobre las instrucciones a seguir porque el conflicto salió en la tapa de los diarios locales y subrayó “es un tema muy sensible en Bariloche”. Horas después, Vaccarezza responde: “Sí, la entiendo, ya tomó estado a nivel nacional la noticia, seguramente la apele el INAI, ya me bajaron la orden de no apelar, cualquier cambio de rumbo le aviso” desnudó la intenciones subyacentes.-
Los jueces no solo procesaron sino que instaron a averiguar si eso respondió a una orden de las máximas autoridades de Defensa y de la Procuración del Tesoro de la Nación. El fallo expone además una paradoja: precisamente los únicos que con este escenario podían haber apelado era el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), el organismo que, desde el Estado, representa a los mapuches y obviamente no lo hizo.
“Si la lectura del expediente pone al descubierto una trasgresión a las garantías constitucionales de la defensa en juicio y el debido proceso de tal entidad que, más allá de cualquier imperfección en la habilitación de la competencia de la Corte para conocer de los agravios expresados respecto de la sentencia apelada, afecta la validez misma de su pronunciamiento”, recordó la Corte citando jurisprudencia y entendió que este era el caso.
“El estudio de los autos bajo examen revela una infracción de la magnitud referida, ya que el proceso no fue integrado correctamente. Se omitió dar intervención a la Provincia de Río Negro, cuya citación resultaba necesaria para que pudiera ejercitar su derecho de defensa en juicio y se dictara una sentencia que le fuera oponible y, por lo tanto, resultara útil”, afirmaron en unanimidad los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti. Por lo tanto, dijo, todo lo actuado es nulo.