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Inicio›Regionales›VLA: PREOCUPA UN TEMA RECURRENTE. VENTAS Y JUICIO A UN DESARROLLADOR INMOBILIARIO DE UN FIDEICOMISO

VLA: PREOCUPA UN TEMA RECURRENTE. VENTAS Y JUICIO A UN DESARROLLADOR INMOBILIARIO DE UN FIDEICOMISO

Publicado por BarilocheD
28 octubre, 2025
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Un grupo de inversores promovió una demanda civil para exigir la rendición de cuentas al fiduciario de un fideicomiso privado, alegando incumplimiento de los deberes legales y contractuales. El reclamo se centra en la presunta falta de información sobre el destino de los fondos, la gestión unilateral del proyecto y la ausencia de informes contables documentados.

Según la presentación judicial, los denunciantes sostienen que el fiduciario habría tomado decisiones sin consulta previa, mezclando intereses personales con el manejo del fideicomiso.

Además, remarcan demoras en las obras, deficiencias administrativas y falta de reuniones o asambleas de fiduciantes, lo que impidió cualquier control sobre la evolución del emprendimiento.

Obras demoradas y manejo unilateral

El expediente menciona retrasos significativos en obras de infraestructura y gestiones administrativas, atribuidos a negligencia en pagos de tasas e impuestos. También se cuestiona la falta de control profesional sobre los avances técnicos, como los relevamientos de agrimensura, y la ausencia total de rendiciones periódicas, contrarias a lo previsto por la ley y el contrato.

La disputa por el “mas valioso”

Uno de los puntos más sensibles del reclamo es por el lote más valioso del emprendimiento. Los inversores sostienen que, pese a haber sido informado verbalmente que el terreno les correspondería, el fiduciario habría realizado acuerdos sin autorización y promovido su venta, lo que motivó una medida cautelar para evitar su disposición.

Aunque la medida no fue inicialmente concedida, los inversores advierten el riesgo de que los fondos obtenidos por esa operación no sean rendidos con transparencia.

Ventas parciales sin informes

El escrito judicial también señala que, desde 2018, se habrían concretado ventas parciales de lotes, sin que exista constancia de los valores obtenidos ni su distribución entre los fiduciantes. Esta falta de documentación refuerza las sospechas de una posible ocultación de datos financieros.

Pedido formal de rendición de cuentas

En su presentación, la parte actora solicita que el tribunal intime al fiduciario a rendir cuentas documentadas y comprobables, tal como lo establece el artículo 1675 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC).
El pedido se apoya también en los artículos 858 a 863 del mismo cuerpo normativo, que regulan la obligación de rendición en casos de ejecución continuada y gestión de intereses ajenos.

Los demandantes argumentan que el fiduciario no presentó balances, comprobantes de gastos ni registros contables, pese a haber sido intimado mediante carta documento. Esta omisión, sostienen, constituye un incumplimiento grave de sus deberes fiduciarios.

El acuerdo incumplido y las firmas cuestionadas

Como prueba, la parte actora aportó un acuerdo, en el que el fiduciario se comprometía a rendir cuentas en un plazo determinado. Sin embargo, según los demandantes, el compromiso no fue cumplido.

Por su parte, la defensa sostiene que dicho acuerdo transaccional sería falso o inválido, alegando que la firma atribuida al fiduciario no le pertenece. Entre los cuestionamientos, menciona la falta de certificación notarial, ausencia de sellado y carencia de fecha cierta.
En consecuencia, solicita una pericia caligráfica para verificar la autenticidad de las firmas.

Naturaleza civil del caso

Fuentes cercanas al expediente aclararon a este medio que “no hay procesamiento penal”, dado que se trata de juicios civiles por incumplimiento contractual”.

“Técnicamente no hay un procesamiento. La persona demandada fue notificada y compareció negando su firma”, precisó la fuente, que pidió reserva de identidad por tratarse de un proceso en curso.

Próximos pasos

El tribunal deberá determinar si corresponde ordenar una rendición judicial de cuentas, y en caso de incumplimiento, si esta será realizada por un perito contador designado por la justicia.

Hasta tanto se produzca la prueba documental y contable, los inversores reconocen que su relato podría ser incompleto, aunque confían en que el proceso arroje claridad sobre la situación patrimonial y las operaciones del fideicomiso.

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