Bariloche Digital

Top Menu

  • Bariloche Digital
  • Contacto

Main Menu

  • Portada
  • Policiales & Judiciales
  • Municipales
    • Regionales
    • Argentina & Gobiernos
    • Del Exterior
  • Política & Sindical
  • Interés General
  • Deportivas
  • Opinión
  • Necrológicas

logo

Header Banner

Bariloche Digital

  • Portada
  • Policiales & Judiciales
  • Municipales
    • Regionales
    • Argentina & Gobiernos
    • Del Exterior
  • Política & Sindical
  • Interés General
  • Deportivas
  • Opinión
  • Necrológicas
Policial & Judicial
Inicio›Policial & Judicial›FALLO ORDENÓ RESPETAR EL PLAN OBLIGATORIO A PADRES DE UN RECIEN NACIDO QUE SE NEGABAN A VACUNARLO

FALLO ORDENÓ RESPETAR EL PLAN OBLIGATORIO A PADRES DE UN RECIEN NACIDO QUE SE NEGABAN A VACUNARLO

Publicado por BarilocheD
5 julio, 2024
458
0
Compartir:

Un bebé nació en un centro médico privado y tanto su mamá como su papá se negaron a que le apliquen las dos primeras vacunas obligatorias. Una es la primera dosis contra la Hepatitis B, que según el calendario se aplica en las 12 horas siguientes al nacimiento; la otra es la Vitamina K para evitar la “enfermedad hemorrágica del recién nacido”. Hay tanto ignorante que cree que es algo conspirativo la vacunación que irresponsableente dejan librado a su suerte a la criatura y no se debe permitir.

El caso llegó inmediatamente a la Unidad Procesal de Familia N° 17 de Roca y la sentencia se dictó el mismo día. El proceso comenzó con un correo electrónico del apoderado de la clínica a la Defensoría de Menores e Incapaces. Allí explicaba que la negativa de la madre y el padre “genera un riesgo en la salud del niño” y “un riesgo social por la no vacunación”.

Desde la Defensoría indicaron que la actitud de los progenitores permite “inferir” que también se van a oponer en el futuro a “toda la cartilla vacunatoria que se le debe administrar a su niño a lo largo de su infancia y adolescencia”, por lo que pidieron un pronunciamiento amplio de la jueza.

Una funcionaria del juzgado se comunicó por teléfono, en forma inmediata, con los progenitores del bebé. Los citó al juzgado “a los fines de ser escuchados y que eventualmente ejerzan su derecho de defensa”, pero no asistieron. En la comunicación el padre afirmó que en verdad “no es una negativa a vacunar a su hijo” sino que quieren “una prórroga a los fines de poder conversar con algún pediatra para un pedido de iatrogenia”, con el fin de “descartar daños inminentes en la vida del bebé derivados de la aplicación de las vacunas, ya sea por alergias que le provoquen sus componentes o cualquier otro daño por la medicación”.

Por la urgencia del planteo, la jueza resolvió tramitarlo como “medida autosatisfactiva”, de trámite exprés. “El niño recién nacido no tiene autonomía para decidir por sí, ni capacidad para elegir y realizar acciones basadas en creencias o valores. El derecho a la vida y a la salud (…) colisiona con el derecho de los padres a tomar decisiones sobre la persona de su hijo bajo sus valores”, fundamentó.

Así, el fallo dio a los progenitores un plazo de cinco días para que cumplan voluntariamente con las dosis de Hepatitis B y Vitamina K. De lo contrario, se procederá a la “ejecución compulsiva”. Además, les ordenó que “cumplan con el plan de vacunación nacional obligatorio” en el futuro.

*Derechos del niño y salud pública*

La sentencia citó precedentes sobre la responsabilidad de los progenitores: “Los padres de menores de 13 años ejercen la representación legal siempre y cuando sus decisiones no pongan en riesgo al niño, ya que se trata de un derecho pero fundamentalmente de un deber. Cuando se involucran derechos personalísimos, aparece un límite dado que ningún derecho es absoluto, y tampoco el que surge de la responsabilidad parental”.

La jueza analizó que la responsabilidad parental se debe ejercer “siempre en miras a la protección, desarrollo y formación integral” de los hijos menores de edad, con la “mirada puesta en el niño como sujeto de derecho (…) y no como objeto sobre el que se ejerce aquella potestad”.

También invocó la Ley 27.491 sobre “Control de Enfermedades Prevenibles por Vacunación”, que “define a la vacunación como un bien social y establece la prevalencia de la Salud Pública por sobre el interés particular”.

Sobre la explicación que dieron los progenitores, la jueza consideró que “carece de sustento la manifestación de querer realizar una interconsulta, puesto que la misma debieran haberla realizado con anterioridad al nacimiento”, para evitar que luego “las dudas de los padres se constituyan en riesgo para el niño”.

La jueza explicó que el derecho constitucional a la libre determinación del proyecto de vida familiar tiene como límite la afectación de derechos de terceros. “La vacunación no alcanza sólo al individuo que la recibe, sino que excede dicho ámbito personal para incidir directamente en la salud pública”, indicó.

Articulo Anterior

POLICÍA FEDERAL DE BRASIL ACUSA A JAIR ...

Articulo Siguiente

HOY SE COMPLETA EL INFIERNO, JURA STURZENEGGER ...

0
Compartir
  • 0
  • +
  • 0
  • 0
  • 0

Artículos Relacionados Más Artículos del Autor

  • Policial & Judicial

    «NO FUE UNA ESTAFA SINO UN PRÉSTAMO»

    25 abril, 2022
    Publicado por BarilocheD
  • Policial & Judicial

    AUTORIZAN A UNA JOVEN A SUPRIMIR EN SU DNI EL APELLIDO DE UN PADRE VIOLENTO

    12 marzo, 2025
    Publicado por BarilocheD
  • Policial & Judicial

    ¡QUE RARO…! HUBO UNO QUE CONFIÓ EN LA TOBILLERA EN LUGAR DE LA CELDA Y AHORA BUSCAN AL FUGADO

    1 junio, 2023
    Publicado por BarilocheD
  • Policial & Judicial

    VIOLENTO ASALTO A UNA VIVIENDA EN LAS GOLONDRINAS

    16 febrero, 2024
    Publicado por BarilocheD
  • Policial & Judicial

    ¿INTENTO DE LAVADO DE DINERO A TRAVÉS DE UN FIDEICOMISO?

    12 noviembre, 2022
    Publicado por BarilocheD
  • Policial & Judicial

    FINALIZÓ EL SEGUNDO DÍA DE ALEGATOS DE LA DEFENSA EN LA CAUSA VIALIDAD

    20 septiembre, 2022
    Publicado por BarilocheD

  • Necrológicas

    FALLECIMIENTOS OCURRIDOS EN SEPTIEMBRE DE 2022

  • Policial & Judicial

    IDENTIFICARON AL JOVEN ASESINADO DE UN PUNTAZO EN EL CENTRO

  • Argentina & Gobiernos

    GUZMAN RESPONDIÓ CRÍTICAS INTERNAS

Seguínos en las Redes Sociales

Concientización Social

CONTACTO

Bariloche Digital

  •  Roberto Sosa Lukam
  •   Mitre 125 - Oficina 122 EP/ San Carlos de Bariloche
  •  +54 294 458-7367
  • sosalukman@gmail.com

Agradecimiento

Gracias a los televidentes de El Catalejo Te Ve que nos insistieron en intentarlo, a la previsión de haber adquirido la dirección web en 2002 y a mantenerla desde entonces,iniciamos un 9 de Abril de 2010 un nuevo emprendimiento periodístico, festejando los CINCO años de vida de EL CATALEJO TE VE, un programa que Bariloche necesitaba porque lo que hubo en los últimos años no satisfizo. Depositamos en este digital un sinnúmero de esperanzas y aspiraciones, siempre con la idea de contribuir a brindar más Libertad de Expresión, más Democracia, más Valores y también una Férrea defensa del Sistema Democrático. Podrán participar todos quienes se manejen con el debito respeto, lenguaje y consideración y honestamente, intentaremos ser lo más objetivos dentro de nuestra obvia subjetividad. Permitimos reproducir la información citándo la fuente.

Quienes Somos

Roberto Sosa Lukam Periodista, Martillero Público Nacional, Profesor de Ciencias Sociales, Editor de www.barilochedigital.com y Conductor y Productor de EL CATALEJO Te Ve.

Programa de Periodismo Político que se difunde simultáneamente en ambos Video-cables de San Carlos de Bariloche desde el primer jueves de Febrero de 2006.

Domicilio Legal: Tacuarí 52. S.C. de Bariloche, Río Negro - Argentina.
  • Portada
  • Contacto
Copyright © 2022 ® Bariloche Digital | Sitio Producido por Karma Web Sitios