RESARCIMIENTO PARA UN OBRERO QUE CAYÓ DE UN TECHO Y SUFRE CONVULSIONES
Un hombre sufrió epilepsia postraumática y otras serias secuelas luego de caer sobre el techo de un galpón mientras cargaba chapas. El hecho fue tan traumático que se desmayó y los bomberos debieron bajarlo. El obrero fue trasladado al hospital de Las Grutas.
Fue atendido en primera instancia y luego derivado a un prestador de la A.R.T. El trabajador afirmó que sufre mareos, cefaleas, pérdida de memoria y, principalmente, la aparición periódica de convulsiones. En el informe médico del prestador de la A.R.T. se le diagnosticó epilepsia postraumática. Además, se informó que padece desorden mental orgánico postraumático.
El hombre inició la demanda reclamando la reparación prevista en la Ley 24.557 de riesgos de trabajo por el accidente denunciado. En los informes de las pericias médicas se explicó: «De acuerdo a la documentación adjuntada y el examen físico practicado, el resultado de los exámenes complementarios solicitados se puede concluir que padeció un traumatismo craneoencefálico con pérdida de conocimiento mientras realizaba sus tareas laborales”.
El perito dio cuenta de las las secuelas: “la epilepsia nocturna es un trastorno convulsivo que ocurre durante el sueño. Cuando despierta, el paciente suele describir dolor de cabeza, enuresis, tensión muscular, fatiga o debilidad, aturdimiento, entre otros”.
Con estos datos, la Cámara Laboral de Viedma condenó a la empresa Prevención A.R.T. S.A. a abonarle una indemnización por la incapacidad laboral reconocida.