ASESINÓ A UN EMPLEADO DE INVAP Y SE BURLA DE SUS FAMILIARES POR LAS REDES

La fiscalía y la querella realizaron un planteo formal ante el juez de Garantías y el magistrado hizo lugar al pedido, al entender que a través de diversas publicaciones en redes sociales, concretaba nuevas formas de humillación y violencia simbólica hacia la víctima y sus familiares.
Nicolás Martín Roa está acusado por el atroz crimen de su padrino, Gilberto Ceballos, empleado de INVAP ocurrido entre el 8 de agosto y las primeras del 9 de agosto de 2024, en el interior de un departamento ubicado en la calle Ruíz Moreno al 100, lugar en el que le asestó más de 40 puñaladas.
Los fiscales Martín Lozada y Marcos Sosa Lukman y el abogado querellante Martín Govetto se presentaron este lunes ante el juez de Garantías Víctor Gangarrosa para solicitar una medida de restricción del uso de teléfonos celulares (propios o prestados), para así impedir que el sospechoso continúe realizando posteos en la red social Instagram, que resultaban en nuevas formas de humillación hacia los familiares del hombre asesinado.
Tras exhibir el material en audiencia, «Se trata de registros que Roa ha subido a su perfil público de la red social Instagram, haciendo gala de su prepotencia, de su prescindencia del más mínimo respeto para las personas que aún lloran a Gilberto. Bailar, cantar, reivindicar la transgresión y celebrar su pertenencia a la cultura carcelaria muestra tanto su desprecio actual por la ley como así también por la vida que salvajemente quitó» explicaron los fiscales.-
El fiscal jefe Martín Lozada dijo que el comportamiento de Roa los obligó a solicitar una audiencia y «una medida de protección para con la familia», señalando que el detenido «debe cesar la burla y humillación».
La petición se dirigió a la restricción del uso de teléfono celular propio, como de cualquier otro que le fuera proporcionado y en su caso limitarse el uso a dos horas por día para comunicarse con los miembros de su familia y los abogados que ejercen su defensa legal».
el magistrado resolvió hacer lugar al pedido y destacó que no hay ninguna afectación al dictar una restricción de este tipo y ningún menoscabo o derecho constitucional conculcado, pues mantendrá el derecho a comunicarse con familiares o defensores.
En definitiva, en su resolución, apuntó que «se pretende restringir una actividad que genera agravio, y está siendo publicitada en redes sociales, en honor a la víctima y a sus familiares».