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Inicio›Policial & Judicial›LA DUEÑA PUDO PROBAR SU DERECHO Y RECUPERÓ SU CHACRA EN CHOELE CHOEL

LA DUEÑA PUDO PROBAR SU DERECHO Y RECUPERÓ SU CHACRA EN CHOELE CHOEL

Publicado por BarilocheD
8 septiembre, 2025
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Una mujer heredó una chacra en Choele Choel junto con sus hermanos. Tras la muerte de su padre, ella mantuvo la posesión de las 18 hectáreas. Posteriormente, sin mediar un contrato formal, permitió que un inquilino utilizara las tierras a cambio del pago del canon de riego. Con el tiempo, descubrió que ese hombre, en quien había depositado su confianza, subarrendó el predio a otras personas. La mujer no autorizó ese contrato ni firmó ningún vínculo legal.

El fuero Civil de Choele Choel hizo lugar a la demanda de reivindicación interpuesta por la propietaria. Se condenó a los ocupantes por la tenencia ilegítima del inmueble rural y se ordenó su restitución.

Durante el proceso, el hombre falleció, por lo que sus herederos se presentaron en la causa y rechazaron la acusación. La familia afirmó que poseía las tierras desde hacía más de treinta años, que había realizado mejoras, plantaciones y pagado riego e impuestos.

La mujer presentó prueba documental para acreditar su derecho: título de propiedad de su padre, informes del Registro de la Propiedad, declaraciones de herederos, recibos de impuestos y correspondencia, entre otros elementos.

La defensa, basada en una supuesta posesión con ánimo de dominio, no estuvo respaldada por pruebas sólidas. Tampoco se acreditaron los requisitos necesarios para justificar una prescripción adquisitiva. No hubo continuidad formal en la posesión ni una base jurídica suficiente para desvirtuar el derecho real acreditado por la propietaria.

La jueza aplicó el Código Civil y Comercial de la Nación vigente desde 2015, al tratarse de una acción real con efectos actuales. Consideró que la dueña cumplió con los requisitos para ejercer la acción reivindicatoria: existencia de un título anterior a la posesión del demandado, desapoderamiento y persistencia del derecho al momento de la demanda y de la sentencia.

La prueba presentada fue considerada concluyente. Por el contrario, la parte demandada no logró acreditar una posesión continua, pública y con ánimo de dominio durante el plazo legal. No se probó prescripción adquisitiva, buena fe ni legitimidad en la ocupación.

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Roberto Sosa Lukam Periodista, Martillero Público Nacional, Profesor de Ciencias Sociales, Editor de www.barilochedigital.com y Conductor y Productor de EL CATALEJO Te Ve.

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