El construyó la vivienda, ella ayudó en la ampliación y en la economía familiar: determinan una distribución de bienes del 50%

Después de dieciséis años de unión convivencial, la mujer puso fin a la relación. Decidió abandonar la vivienda y denunció episodios de violencia. El hombre recibió una notificación de exclusión del hogar y se fue. La vivienda no fue ocupada por la mujer, por lo que el hombre regresó al inmueble.
En una audiencia preliminar, acordaron el pago de un canon por el uso exclusivo de la casa. Sin embargo, la mujer denunció el incumplimiento de lo pactado. El fuero de familia de Roca intervino en la causa de distribución de bienes iniciada por el hombre. Determinó que a cada parte le corresponde el cincuenta por ciento del terreno y de las mejoras realizadas. También pertenece a ambos la mitad de los bienes del comercio que atendían.
El hombre sostuvo que realizó un aporte sustancial a la construcción de la vivienda, la mejora del inmueble y el equipamiento del hogar. Todo en el marco de un proyecto de vida en común. Según su testimonio, la relación se desarrolló en un contexto de esfuerzo conjunto y contribuciones económicas orientadas al crecimiento del patrimonio compartido.
La jueza analizó la causa desde una perspectiva de género, debido a la existencia de un expediente paralelo por violencia familiar. Esto exigió al tribunal valorar la prueba considerando las posibles desigualdades estructurales entre las partes.
“La realidad muestra que las mujeres siguen enfrentando dificultades para acceder a la justicia, como tabúes, prejuicios, estereotipos y vacíos legales. Por eso, debemos resolver los casos con perspectiva de género”, afirmó la jueza en su decisión.
Agregó: “Debemos impartir justicia reconociendo la situación de desventaja en la que históricamente se han encontrado las mujeres como consecuencia de una construcción sociocultural que definió su posición y el rol que debían asumir”.
La jueza valoró los testimonios y la documentación presentada para establecer la titularidad de los bienes. Se comprobó que el inmueble seguía figurando como fiscal y que no había sido escriturado a nombre de ninguno. Los testigos confirmaron que el hombre construyó la vivienda con su trabajo y que ambos trabajaron en el negocio familiar. También se acreditó la existencia de vehículos y muebles adquiridos durante la convivencia.
Se indicó que, si bien la ley establece que los bienes adquiridos durante la convivencia pertenecen a quien los registra a su nombre, es posible reclamar ante situaciones de enriquecimiento sin causa o de esfuerzo compartido.