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Inicio›Policial & Judicial›POR SINIESTRO VIAL QUEDÓ INTERNADA. AVISÓ PERO DEJARON DE PAGARLE EL SUELDO. ORDENAN INDEMNIZACIÓN

POR SINIESTRO VIAL QUEDÓ INTERNADA. AVISÓ PERO DEJARON DE PAGARLE EL SUELDO. ORDENAN INDEMNIZACIÓN

Publicado por BarilocheD
13 febrero, 2026
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Una trabajadora de un establecimiento gastronómico de Viedma sufrió un siniestro vial que le provocó una lesión severa en el hombro. La lesión le impidió asistir a su empleo y así lo comunicó a la empresa su entorno familiar. Estaba registrada formalmente.

Durante varios días permaneció internada. a causa de las heridas. A partir de ese hecho, surgió un conflicto en torno al pago de salarios y a la continuidad del vínculo laboral. Cuando llegó el momento de cobrar el mes, percibió sus haberes con descuentos. Después, directamente dejaron de pagarle. Ante esa situación, intimó a la empresa para que abonara las sumas que consideró adeudadas. Finalmente se consideró despedida e inició una demanda laboral.

La empresa rechazó la intimación. Alegó que la mujer no concurrió a prestar tareas luego de finalizar una licencia anual que, según afirmó, se extendió durante el mes posterior al incidente. También sostuvo que la ausencia resultó injustificada. En ese contexto, la trabajadora se consideró despedida y promovió una demanda contra los dueños del restaurante.

La Cámara del Trabajo de Viedma examinó los intercambios telefónicos y los testimonios, e indicó que la empresa no acreditó de manera suficiente el otorgamiento y el pago de la licencia anual invocada. También valoró que la comunicación de baja ante los organismos correspondientes se realizó con posterioridad al intercambio de mensajes, lo que permitió inferir que, al momento de la respuesta, la empresa aún consideraba vigente la relación laboral.

El fallo expresó: “Si el empleado, luego de dar aviso del accidente y dentro del plazo legal de licencia por enfermedad no concurre a trabajar, el empleador en cumplimiento del principio de buena fe tiene que hacer las averiguaciones correspondientes, o ejercer el contralor médico a que tiene derecho o, mínimamente, intimar al trabajador”.

En este caso, solo dejó de pagarle el sueldo.
Finalmente, la Cámara Laboral entendió que la trabajadora debía recibir la indemnización que fija la ley por despido sin causa y diferencias salariales.

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