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Inicio›Policial & Judicial›FALLO PROTEGIÓ AL HIJO POR NACER Y ORDENÓ UNA CUOTA ALIMENTARIA DESDE EL EMBARAZO

FALLO PROTEGIÓ AL HIJO POR NACER Y ORDENÓ UNA CUOTA ALIMENTARIA DESDE EL EMBARAZO

Publicado por BarilocheD
1 junio, 2026
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La madre recurrió al Poder Judicial mientras cursaba la semana 31 de embarazo. Contó que había estado en pareja y convivido con el hombre, pero que la relación terminó cuando ella estaba de tres meses de gestación. Desde esa separación, según relató, él no volvió a aportar dinero, aunque sabía del embarazo y de los gastos que ella debía afrontar.

Así, inició un reclamo en nombre de su hijo por nacer. Solicitó una cuota alimentaria al presunto padre para cubrir las necesidades propias de la gestación. Los controles médicos, las ecografías, los análisis, la medicación y otros gastos aumentaban a medida que se acercaba el parto.

El fuero de Familia de Roca hizo lugar a la demanda. Ordenó al hombre pagar una cuota alimentaria equivalente al 20 % de sus ingresos. Además, estableció que el monto nunca podrá ser inferior al 80 % del salario mínimo, vital y móvil. La obligación fue fijada con efecto retroactivo desde la notificación de la instancia de mediación.

La jueza destacó que el artículo 665 del Código Civil y Comercial permite reclamar alimentos al presunto padre. Consideró acreditados los elementos necesarios para tener por demostrado, de manera preliminar, el vínculo invocado por la mujer. También valoró que la madre asumía en forma exclusiva las tareas de cuidado.

La magistrada tuvo en cuenta que la mujer continuaba afrontando sola el alquiler de la vivienda donde residía con el niño, mientras que el demandado había dejado de contribuir a ese gasto tras la separación.

Al contestar la demanda, el hombre sostuvo que nunca había dejado de colaborar económicamente con la mujer y que conocía el embarazo. Manifestó que había acordado afrontar parte del alquiler de la vivienda y afirmó que era padre de tres hijos de una relación anterior, por quienes abonaba una cuota alimentaria equivalente al 35 % de sus ingresos.

Negó poseer otros ingresos además de su salario y ofreció pagar una cuota equivalente al 15 % de sus haberes. También expresó su intención de reconocer al niño una vez nacido.

La sentencia destacó que el hombre tiene empleo estable, lo que demuestra una capacidad contributiva suficiente. Aunque afirmó tener otras tres hijas a cargo, el fallo señaló que no aportó documentación adecuada para acreditar formalmente esa circunstancia ni la existencia efectiva de los descuentos salariales invocados.

La jueza también remarcó contradicciones en la conducta procesal del hombre. Observó que inicialmente había reconocido al niño como propio y manifestado su voluntad de efectuar el reconocimiento formal. Posteriormente, expresó dudas sobre su paternidad y anunció que solicitaría una prueba de ADN. La sentencia calificó esa conducta como incompatible con los deberes de buena fe y colaboración con la Justicia.

Mientras se desarrollaba el trámite, el bebé nació. Testigos afirmaron que el hombre no había mantenido contacto con el niño después de su nacimiento y que la madre asumía sola las tareas de crianza. Las pericias sociales reforzaron esa conclusión.

La sentencia dispuso, asimismo, la confección de una liquidación para determinar las diferencias retroactivas adeudadas y estableció que, dentro de los seis meses siguientes, las partes deberán promover el reconocimiento de la filiación o iniciar la acción correspondiente para determinar la paternidad. En caso contrario, podría cesar la cuota alimentaria ordenada.

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