PRESICIÓNES SOBRE EL TRASLADO DEL PERSONAL MUNICIPAL DEL VERTEDERO

La Subsecretaría de Recursos Humanos dió precisiones sobre la presentación realizada por trabajadores del Centro de Residuos Urbanos Municipal y remarcó que se mantienen la estabilidad laboral, la categoría, la antigüedad, la remuneración, los adicionales y el régimen horario.
A partir de la presentación denominada “Solicitud de Garantías”, ingresada el 20 de julio de 2026 y suscripta por trabajadores del Centro de Residuos Urbanos Municipal, la Subsecretaría de Recursos Humanos señaló «En primer lugar, todos los agentes comprendidos en la Resolución N.º 00002417-I-2026 fueron notificados de manera individual sobre su re-ubicación y sobre el nuevo destino asignado. Las constancias correspondientes fueron incorporadas a los legajos personales de cada trabajador.
Respecto de las garantías laborales solicitadas, desde Recursos Humanos explicaron que estas ya se encuentran contempladas tanto en la Resolución N.º 2392-I-2026, mediante la cual se dispuso la re-ubicación del personal afectado al Vertedero Municipal, como en la Resolución N.º 00002417-I-2026, que estableció el destino específico de cada agente.
En particular, el artículo 4 de la Resolución N.º 2392-I-2026 instruye a la Subsecretaría y a la Dirección de Recursos Humanos a hacer efectiva la re-ubicación sin modificar los adicionales, la categoría, la antigüedad ni el régimen horario de los trabajadores.
La decisión se encuentra, además, encuadrada en el artículo 26 del Estatuto de Obreros y Empleados Municipales, que permite el traslado de agentes entre distintas dependencias siempre que se mantengan su categoría, su retribución y sus condiciones de trabajo.
De esta manera, desde el Municipio se remarca que la re-ubicación no modifica los adicionales, la categoría, la antigüedad ni el régimen horario, y que se preservan en su totalidad los derechos estatutarios de cada trabajador.
Por su parte, la Resolución N.º 00002417-I-2026 determinó los nuevos destinos administrativos, mantuvo las funciones que cada agente venía desempeñando, estableció la dispensa de concurrencia hasta la fecha efectiva de incorporación y fijó el procedimiento de transición hacia las nuevas dependencias.
Los agentes contarán con un plazo de 72 horas hábiles para incorporarse a sus nuevas funciones. Durante ese período, Recursos Humanos analizará las situaciones particulares de cada trabajador, como su lugar de residencia y las posibilidades de traslado, con el objetivo de procurar las mejores condiciones posibles para su incorporación y efectuar los ajustes de destino que resulten necesarios.
En este sentido, las garantías solicitadas ya se encuentran expresamente incluidas en las resoluciones vigentes, especialmente en lo referido a la estabilidad laboral, la categoría, la antigüedad, la remuneración, los adicionales, el régimen horario y las demás condiciones esenciales de la relación de empleo público.
En materia de salud laboral, la Subsecretaría señaló que el seguimiento de cada agente constituye una obligación permanente del Municipio y se realiza con independencia del área en la que cada trabajador cumpla funciones. Cada situación continuará siendo atendida de acuerdo con la normativa vigente.
En cuanto a la certificación de servicios y las cuestiones previsionales, la Municipalidad expedirá las certificaciones que correspondan cuando sean solicitadas por los agentes, tomando como base los antecedentes incorporados en sus legajos y dentro de las competencias municipales. La determinación de eventuales beneficios previsionales continuará a cargo de los organismos correspondientes.
Finalmente, Recursos Humanos explicó que la medida responde a una decisión de organización administrativa, fundada en razones vinculadas con la prestación del servicio público y con la emergencia declarada en el Vertedero Municipal.








