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Inicio›Policial & Judicial›ACUSAN A AGUSTÍN RASINI DEL HOMICIDIO A TRAICIÓN Y ALEVOSÍA DE LUCAS GATICA

ACUSAN A AGUSTÍN RASINI DEL HOMICIDIO A TRAICIÓN Y ALEVOSÍA DE LUCAS GATICA

Publicado por BarilocheD
14 octubre, 2024
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La fiscal jefa Betiana Cendón y el fiscal Tomás Soto acusaron a Agustín Rasini (27), por el homicidio doblemente agravado de Lucas Gatica, por haberlo cometido con un arma de fuego, con alevosía, a traición y por la espalda. En sendas audiencias llevadas a cabo hoy, se imputaron a cuatro hombres y una mujer por el hecho en que perdió la vida Lucas Gatica.

A uno de ellos se le atribuye la autoría del homicidio agravado por alevosía en tanto a los cuatro restantes se les imputó el delito de encubrimiento. En la primera audiencia, se le endilgó a Agustín Rasini el hecho ocurrido el 5 de octubre de 2024 a las 21.30 horas aproximadamente, en la vía pública -Onelli y Vilcapugio-, luego del desarrollo de una discusión en un local comercial. Este intercambio de palabras que se originó por el roce de un hombro, se trasladó al exterior cuando ambos se retiran del local, sin que este conflicto pasara a mayores.

Al momento en que se disponía la víctima a abordar el vehículo Renault 12 del lado del acompañante, -cuyo conductor era su hermano-, el imputado lo atacó por la espalda, le efectuó tres disparos con un arma de fuego. Uno de ellos impactó en el muslo derecho y otro en la parte superior del torso (omóplato), el cual perforó el pulmón y produjo su muerte minutos después en el Hospital Zonal local.

Según el informe preliminar de autopsia la causa de la muerte fue shock hipovolémico secundario a causa de una herida de arma de fuego. Acto seguido el imputado, se dio a la fuga en un vehículo Toyota Corolla de color oscuro, junto a dos personas por la calle Vilcapugio.

«Concretamente este hecho entendemos que es llevado a cabo con alevosía, no solamente porque utilizó un arma de fuego actuando sobre seguro y sin riesgo para sí. Efectuó estos disparos a traición por la espalda de manera sorpresiva y sin darle oportunidad alguna de defensa a Lucas Ariel Gatica. Es homicidio agravado por alevosía por el uso de un arma de fuego» expresaron los fiscales en referencia a la calificación.

La fiscal jefe y el fiscal del caso describieron la evidencia que sustenta este legajo, entre ellos, el registro de filmaciones obtenidos del comercio por personal del área de investigaciones de la Policía de Rio Negro y de una cámara ubicada al lado del mismo, que captaron toda la secuencia. Dentro del comercio se puede ver el inicio de la discusión, donde se distingue claramente al imputado con su vestimenta, la continuidad de la secuencia con la discusión, agresión y los disparos efectuados por la espalda.

Se agrega el informe del Área Judicial de Investigaciones, de autopsia efectuada por el médico forense, actas de procedimiento policial de la Unidad 2da -señala las tareas desplegadas por el fiscal de turno, personal del Gabinete de Criminalística y de la Unidad Operativa del Ministerio Público Fiscal- y el acta de procedimiento policial en el lugar de detención y allanamiento en el domicilio ubicado en el oeste de la ciudad.

El imputado quien es asistido por un abogado particular, se abstuvo de declarar en esta ocasión. Su letrado no manifestó oposición a la formulación de cargos ni a al plazo de cuatro meses de investigación si adelantó que trabajarán en otra teoría del caso y que oportunamente cuestionarán la calificación legal.

Se le impuso cuatro meses de prisión preventiva atento a los riesgos procesales presentes, luego de ser imputado por homicidio agravado por alevosía, como autor de acuerdo a lo normado en los artículos 45,79,80 inciso 2 y 41 del Código penal.

Segunda audiencia: formulación de cargos por encubrimiento
Tal como se manifestara en la primera audiencia, cuatro personas -además del imputado por homicidio agravado- fueron detenidas en el marco de un allanamiento realizado el sábado por la noche, en un domicilio de la Avenida Bustillo al kilómetro dos.

A todos ellos, una mujer y tres varones; el fiscal les atribuyó lo ocurrido presumiblemente entre los días 5 de octubre de 2024 luego de las 21.30 horas -fecha y horario del homicidio de Lucas Gatica por parte del imputado en la audiencia anterior- y e 12 de octubre a las 21: 10 horas aproximadamente. Esta es la fecha y horario en la cual se llevó adelante el allanamiento llevado adelante por personal de la Comisaria Segunda y la Fiscalía en turno en el que se procedió a la detención del acusado, en un domicilio de la zona del oeste. En este lugar, habitaban temporalmente dos de los acusados y allí brindaron ayuda al acusado, ocultándolo en el domicilio permitiéndole ingresar y permanecer.

Esto, con la clara finalidad de poder eludir la Justicia, como también ocultar las prendas vestir que el imputado llevaba el día del hecho, como también el arma de fuego que probablemente utilizada para la comisión del homicidio.

En tanto, los otros dos imputados -una joven y un varón- , quienes se encontraban en el domicilio citado al momento de la llegada de personal policial, con motivo de un llamado al 911 que ubicaba al imputado en ese domicilio, le ocultaron al personal policial y a la fiscalía la presencia de estos en el interior del domicilio.

Intervinieron la defensa pública penal y un defensor particular. La abogada por la defensa pública cuestionó la calificación. Ninguno de ellos brindó declaración.

El juez de garantías tuvo por formulados los cargos por el delito de encubrimiento y otorgó cuatro meses para llevar adelante la investigación. A quienes no pudieron acreditar domicilio se les requirió el pago de una caución y pautas de conducta para asegurar el proceso. Las otras dos personas, deberán también cumplir pautas de conducta de rigor.

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