ATENCIÓN: CONTRATÓ ASISTENCIA DE VIAJERO. SUFRIÓ UN ACV Y NO LE OFRECIERON COBERTURA
Una familia contrató un seguro de asistencia al viajero para la cobertura de sus vacaciones en el exterior. En medio del recorrido, uno de los integrantes sufrió una accidente cerebrovascular y el servicio no cumplió lo pactado. La sentencia de un juzgado Civil de Bariloche hizo lugar a la demanda por los daños y perjuicios y ahora deberán indemnizar al cliente.
El grupo familiar contrató el servicio ante la sucursal de su banco en Bariloche, entidad en la que tiene una cuenta con un paquete de productos, que incluye la tarjeta de crédito Mastercard, quien a su vez brinda el servicio de asistencia al viajero.
Cuando se encontraban en el exterior, un integrante de la familia comenzó a sentir alteraciones en su cuerpo, para luego descompensarse. Ante esta situación su esposa se comunicó de inmediato con el servicio de asistencia, al teléfono indicado, y le informaron que se comunicarían a la brevedad para indicarles cuáles serían los prestadores en el país donde se alojaban.
Luego de horas de espera y sin obtener respuestas y ante el grave cuadro de salud, el pasajero fue trasladarlo por sus familiares hasta el departamento médico de emergencia del lugar donde recibió los primeros auxilios. Los familiares de la persona afectada continuaron con el intento de comunicarse con el centro de asistencia al viajero, atento que no le habían devuelto el llamado. Finalmente fueron informados que no tenían servicio en el país donde se encontraban, por lo que deberían hacerse cargo de los gastos y luego pedir el reintegro.
Luego de analizar los elementos probatorios y de escuchar a las empresas demandadas la sentencia consignó en primer término que efectivamente existió una relación contractual entre la persona que presentó la demanda y la tarjeta Mastercard como así también con Axa Assistence Argentina SA.
Por otro lado se señaló que la cuestión debe resolverse a la luz de la ley de Defensa del Consumidor y sus modificaciones. El fallo destacó además que en este caso se integran también la ley de Defensa de la Competencia y la de Lealtad Comercial. Asimismo toda la legislación prevista para las tarjetas de crédito y las normas del Código Civil y Comercial.
La sentencia de un juzgado Civil de Bariloche hizo lugar a la demanda por los daños y perjuicios sufridos por incumplimiento contractual y condenó a Axa Assistance Argentina SA y a First Data Cono Sur S.R.L a indemnizar al cliente.
El fallo consideró que existió un grave incumplimiento por parte de los demandados, quienes no brindaron la asistencia médica contratada por el cliente vía prestadores en el extranjero al momento del evento.
Para su mejor tratamiento los familiares debieron concurrir a otra ciudad donde fue tratado al nivel que la afección requería, en consecuencia se afrontaron gastos de traslado y de hospedaje.