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Inicio›Policial & Judicial›COMENZÓ EL JUICIO Y PIDIERON DECLARAR CULPABLE AL EX INTENDENTE DE DINA HUAPI DANILO ROJAS

COMENZÓ EL JUICIO Y PIDIERON DECLARAR CULPABLE AL EX INTENDENTE DE DINA HUAPI DANILO ROJAS

Publicado por BarilocheD
24 febrero, 2022
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En la mañana de hoy comenzó el debate en contra de quienes se desempeñaron como Intendente de Dina Huapi (foto) y como Secretario de Obras Públicas, por hechos referidos a la gestión de la segunda etapa de la bicisenda Ruta 40 de esa localidad los cuales encuadran en los delitos de abuso de autoridad y malversación de caudales públicos-artículos 45, 55, 248, 260 del Código Penal- . Ambos acusados hicieron uso del derecho a declarar y brindaron su versión de los hechos.

La fiscalía solicitó al juez que declare responsable a Danilo Rojas por abuso de autoridad al dictar resoluciones contrarias a la normativa vigente, para hacer una bicisenda. En cambio, el fiscal Lista pidió declarar responsable a Carlos Morazani, quien se desempeñaba como secretario de Obras Públicas por el delito de malversación de caudales públicos. El veredicto se conocerá el 3 de marzo.

“El Ministerio Público Fiscal debe seguir un criterio de objetividad”, explicó Lista al abrir su alegato ante el juez Marcelo Álvarez Melinger. La fiscalía había promovido el juicio contra Rojas y Morazani porque entendía que habían cometido abuso de autoridad y malversación de caudales públicos. Pero en el desarrollo del juicio modificó el criterio.

El fiscal Guillermo Lista solicitó este jueves que se lo declare responsable al exintendente de Dina Huapi, Danilo Rojas, de haber cometido abuso de autoridad al dictar resoluciones contrarias a la normativa vigente, para contratar en forma directa a una empresa que construyó la segunda etapa de una bicisenda. Retiró en cambio la acusación por malversación de caudales públicos que pesaba sobre Rojas.

Recordó que Rojas debía cumplir el régimen de contrataciones y llamar a una licitación pública o un concurso de precios para adjudicar la segunda etapa de la bicisenda que se construyó en forma paralela a la ruta nacional 40, que cruza el ejido de Dina Huapi.

La obra superaba el tope de 92.000 pesos (a valores de 2015) que establecía la normativa vigente para contrataciones directas por parte de la Municipalidad de Dina Huapi. Lista aseguró que Rojas firmó tres resoluciones que dividieron la obra en tres etapas para eludir el régimen de contrataciones. La primera fue de 84.000 pesos, la segunda, por 91.000 y la tercera por 78.000 pesos. La obra se ejecutó en el año 2015.

Rojas actuó en contra de la normativa. Y aseguró que en el juicio se probó la teoría de la fiscalía en ese aspecto y mencionó los informes de los peritos. Dijo que los propios imputados admitieron los hechos. “No olvidemos que estamos hablando de dineros públicos”, afirmó y recordó que ese manejo demanda transparencia.

“Estoy convencido de que hubo un actuar a sabiendas de burlar la normativa”, afirmó el fiscal “Considero y entiendo las buenas intenciones (de Rojas), pero entiendo que hay que cumplir la ley”, sostuvo y advirtió que de los 3 contratos, el contratista adjudicado en forma directa con la obra solo firmó uno.

Aclaró que no acusó a Rojas por una conducta “ni parecida al fraude y no lo hemos acusado por peculado”. La denuncia que promovió la causa señalaba que Rojas había cometido malversación de fondos y hasta se lo acusó de peculado, que tiene una pena de hasta 10 años de prisión.

Sin embargo, el juez Bernardo Campana lo sobreseyó a finales de septiembre de 2019 en la etapa de control de acusación porque la fiscalía y la querella desistieron de acusarlo por ese delito más grave porque no lo demostraron en la investigación.

Así, el fiscal y la querella solo mantuvieron la acusación por abuso de autoridad que el Código Penal reprime con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo al “funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”.

La causa no prescribió porque Rojas y Morazani dejaron sus cargos públicos en diciembre de 2019 y durante el 2020 hubo suspensión de plazos procesales por la pandemia causada por el nuevo coronavirus, explicaron fuentes con acceso al expediente.

Lista mantuvo la acusación contra Morazani por haberle dado una aplicación diferente a los fondos destinados a la compra de materiales (400 barras de hierro de diferentes medidas) para la bicisenda que se usaron en otra obra. Lo encuadró como malversación de caudales públicos que se sanciona con inhabilitación especial de un mes a tres años.

Pschunder, en su carácter de querellante adhirió a las acusaciones de la fiscalía. Destacó que un integrante del Tribunal de Controlar advirtió la irregularidad que derivó en la denuncia penal contra Rojas.

Aseguró que el exintendente eludió cumplir la ordenanza y la Carta Orgánica Municipal en su apuro por mostrar una obra porque se aproximaban las elecciones. Dijo que no había ninguna situación de emergencia como para haber contratado en forma directa a una empresa sin cumplir las normas.

El defensor particular Sebastián Arrondo pidió la absolución de los imputados. Alegó que la fiscalía y la querella no probaron su teoría del caso y no derribaron el principio de inocencia.

La defensa particular de los acusados al momento de plantear la antítesis expresó que entiende que «no existe lesión al interés jurídico protegido – el erario público- por el tipo penal que acabamos de escuchar. De la prueba a rendirse en el debate surgirá la única verdad y será probada a través de testimoniales y periciales.

Destacó que se probó en el juicio que no hubo ningún perjuicio para el erario público ni el patrimonio de Dina Huapi. Y cuestionó al fiscal y la querella que expresaron su preocupación por el cuidado de los fondos públicos de una compra de 35.000 pesos, que a valores actuales serán unos 200.000 pesos, pero no repararon en el costo que le demandó a la provincia llevar adelante un proceso durante 7 años.

Afirmó que se trata de uno de los juicios “más caros que tuvo que afrontar la provincia” y observó que se pagaron “millones de pesos para una pericia que probara una acusación” que después no la mantuvieron.

“Por más de cinco años se los ha acusado a Rojas y Morazani por peculado”, recordó y señaló que después desistieron de esa imputación. Arrondo afirmó que se probó en el juicio que la Provincia mandó en tres desembolsos los fondos para la segunda etapa de la bicisenda.

Aseveró que los contratos se hicieron a medida que entraban esos recursos al Municipio. “¿Qué ganaba Rojas con eso? Nada”, sostuvo el defensor. Y alegó que se hizo en tres contratos “para evitar la desvalorización del dinero por la inflación”.

En la jornada de hoy brindaron declaración los testigos propuestos por la fiscalía y se contempla que hagan lo propio en el día de mañana aquellos propuestos por la defensa. Finalizará la jornada con los alegatos de cierre.

Los hechos objeto de este juicio

En la descripción del hecho que se les atribuye, habrían ordenado la contratación directa de una misma empresa; estableciendo tres etapas con el único fundamento de sectorizar dicha acción con el objetivo de no superar el monto de la ordenanza que exige llevar a cabo el concurso de precios.

Se agrega además la omisión de suscribir el correspondiente contrato en el que se pudiera plasmar las particularidades de la contratación, con posibilidad de ocasionar un daño o perjuicio a la administración, por falta de certidumbre jurídica.

Los imputados en su carácter de Intendente de Dina Huapi y ex- Secretario de Obras Públicas, en forma respectiva, tuvieron a su cargo la compra de hierros para la segunda etapa de la Bicisenda Ruta 40 de Dina Huapi, estando acreditado que los materiales de mención no han sido destinados para la obra en cuestión. Información que surge de la memoria descriptiva y que demuestra que la obra mencionada no lleva hierros.

Según la acusación además «se puede inferir que los materiales comprados y abonados por el municipio de Dina Huapi, conforme transferencias bancarias electrónicas obrantes en el expediente, no habrían tenido como destino la obra sobre la que se pretendió justificar el gasto.

Se le habrían asignado a tales materiales un uso distinto (la construcción de una parrilla) por el que debían ser administrados y utilizados como marca la ley. Más allá de no cumplir con la formalidad exigible para toda contratación de una obra pública, ya que únicamente se solicitó un presupuesto que directamente fue aceptado y sin más se realizó la obra».

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