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Inicio›Policial & Judicial›COMPRA FALLIDA EN MERCADO LIBRE. CONDENA PARA UNA FERRETERÍA

COMPRA FALLIDA EN MERCADO LIBRE. CONDENA PARA UNA FERRETERÍA

Publicado por BarilocheD
16 mayo, 2025
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Un consumidor que compró una máquina de soldar a través de la plataforma Mercado Libre denunció que el producto no funcionaba correctamente. A pesar de los reclamos, no obtuvo una solución por parte de la empresa proveedora, que terminó negándole la devolución del equipo y le atribuyó el desperfecto a un mal uso. La situación derivó en una condena contra la ferretería, a la que el juzgado de Paz de Cinco Saltos consideró responsable de vulnerar los derechos del cliente. La sentencia incluyó el pago de indemnizaciones por daño patrimonial, daño moral y daño punitivo.

El comprador relató que, desde el primer intento de uso, la máquina carecía de potencia para realizar una soldadura, incluso al máximo de su capacidad. A partir de allí, inició una serie de comunicaciones con la ferretería a través de los canales dispuestos en la plataforma de E-commerce. En respuesta, la empresa Bulfer Ferretería Industrial solicitó el envío del equipo para su revisión. Según la presentación, luego de aproximadamente dos meses, el aparato volvió con la misma falla.

Frente a la persistencia del problema, el consumidor volvió a reclamar. Esta vez, la empresa le pidió un video como prueba del desperfecto. El comprador accedió, pero la respuesta fue nuevamente insatisfactoria. En una nueva instancia, le solicitaron reenviar la máquina, lo que dio lugar a un nuevo intercambio donde la empresa aseguró no haber recibido el producto o indicó que aún no había sido revisado. Finalmente, notificó que la máquina presentaba abolladuras y golpes que atribuía a un mal uso, aunque el cliente advirtió que el código de control no coincidía con el del equipo que había enviado originalmente.

El reclamo judicial se encuadró como proceso de menor cuantía bajo la ley de Defensa del Consumidor. Tras ser notificados, Mercado Libre y Bulfer Ferretería Industrial fueron convocadas a audiencia. Mercado Libre respondió y participó del encuentro, mientras que la empresa vendedora no se presentó ni presentó descargos. Posteriormente, el consumidor desistió de su pretensión contra Mercado Libre y continuó solamente contra la ferretería.

El fallo reconoció la existencia de una relación de consumo y subrayó el deber de los proveedores de respetar los principios de trato digno, buena fe e información clara y veraz. La inasistencia de la demandada habilitó a tener por reconocidos los hechos presentados por el cliente. Con la prueba documental, el juez de Paz resolvió condenar a la ferretería por incumplimiento contractual.

La sentencia ordenó el pago de una suma en concepto de daño patrimonial, correspondiente al valor del producto adquirido. También reconoció un daño moral, vinculado al padecimiento generado por el trato recibido y la necesidad de litigar para ejercer sus derechos. Finalmente, impuso una suma en concepto de daño punitivo, como consecuencia de la conducta desaprensiva del proveedor y en resguardo del principio de dignidad del consumidor.

La menor cuantía

En 2024, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) estableció nuevos montos máximos para los procesos de menor cuantía. A través de una resolución fijó en un millón ochocientos mil pesos el límite económico para este tipo de juicios que tramitan en todos los juzgados de Paz de la provincia. Además, definió que los procesos ejecutivos podrán iniciarse en estas sedes cuando el reclamo no supere los 900 mil pesos.

Este tipo de acciones se encuentra orientado a resolver conflictos de manera más ágil, sencilla y cercana. La característica principal de los procesos de menor cuantía es que resultan gratuitos e informales, sin que por ello se resientan los derechos fundamentales del debido proceso. De esta forma, se garantiza el acceso al Poder Judicial en condiciones de igualdad, con mecanismos accesibles para la ciudadanía.

Los 49 juzgados de Paz cumplen un rol clave, especialmente en ciudades pequeñas, pueblos y parajes donde no funcionan juzgados ordinarios. Allí, las personas pueden presentar reclamos vinculados a relaciones de consumo, conflictos vecinales u otras situaciones que requieran una vía rápida de resolución.

Los procesos de menor cuantía se inician mediante un formulario sencillo que el ciudadano presenta como demanda. En él se debe precisar la situación, identificar a la contraparte y reclamar un monto en pesos. El trámite avanza con la citación a una audiencia donde se buscan soluciones consensuadas. En caso de no lograrse un acuerdo, el juez o jueza resuelve sobre la base de las pruebas aportadas.

Las causas que pueden tramitar bajo esta modalidad excluyen a los juicios de sucesión, familia, laborales y desalojos. El procedimiento, además, se encuentra respaldado por los principios de bilateralidad, colaboración, trato equitativo y tutela efectiva.

Los juzgados de Paz también intervienen en otras funciones judiciales y administrativas, como el tratamiento de contravenciones, emisión de autorizaciones, certificaciones, notificaciones, audiencias, juicios ejecutivos y beneficios de litigar sin gastos, entre otros trámites.

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