CONDENA POR ABUSO SEXUAL Y GROOMING
Un Tribunal de Juicio impuso hoy la pena de 11 años de prisión a un hombre que fue declarado culpable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por estar la víctima bajo su guarda y por la convivencia preexistente; grooming, producción y divulgación de representaciones de abuso sexual infantil, todo en concurso ideal con corrupción de menores agravada por ser el encargado de la guarda y conviviente de la víctima.
La pena incluye la unificación con una condena del año 2022, que era de un mes de prisión condicional, y la inscripción del hombre condenado en el Registro provincial de agresores sexuales. Ocurrió en General Roca.-
La pena que impusieron los jueces y la jueza del caso es un punto equidistante entre los 12 años de prisión que habían solicitado la fiscalía y la parte querellante -madre de la víctima- y los 10 años de prisión que había solicitado la defensa en la audiencia de cesura realizada la semana pasada.
Debido a que la condena no está firme, las partes aceptaron mantener vigentes las medidas cautelares que pesan sobre el hombre de 36 años para asegurar su sujeción al proceso y el resguardo de la víctima.
Los hechos ocurrieron entre 2016 y 2020, cuando la víctima tenía entre 10 y 14 años de edad, en el domicilio familiar de Roca. El hombre era pareja conviviente de la madre de la niña y era quien se ocupaba de llevarla a la escuela.
También se demostró que a través de Whatsapp contactó a la menor de edad, simulando ser un adolescente, y cometió el delito de grooming. Ese delito ocurre cuando una persona mayor “por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.