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Inicio›Interes. Gral.›Condenan a una empresa que prometió entregar una vivienda en siete meses, cobró el 90 por ciento y no cumplió

Condenan a una empresa que prometió entregar una vivienda en siete meses, cobró el 90 por ciento y no cumplió

Publicado por BarilocheD
14 julio, 2026
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Una mujer contrató una empresa de Bariloche para la compra de una vivienda prefabricada con la expectativa de reducir los tiempos de construcción y acceder más rápido a la casa propia. Pagó el 90 por ciento del precio convenido, pero la obra no avanzó dentro del plazo acordado. Un fallo civil condenó a la empresa a entregar la vivienda en veinte días o, si no puede cumplir con esa obligación, devolver el dinero recibido en dólares junto con una indemnización por los daños ocasionados.

La compradora firmó el contrato en abril de 2024 para la construcción de una vivienda sobre un lote de Bariloche. El sistema elegido se basaba en la reutilización de contenedores marítimos y ofrecía una ejecución más rápida que una obra tradicional. Según acreditó en el expediente, abonó 115.590 dólares, equivalentes al 90 por ciento del precio total, mientras que el saldo debía cancelarse al momento de la entrega.

La sentencia atribuyó la responsabilidad a Eco Habitat Patagonia SRL, firma que comercializaba este tipo de viviendas bajo el nombre de fantasía El Montañés. De acuerdo con la demanda, la empresa solo realizó un movimiento inicial de suelo y nunca avanzó con la construcción comprometida. Tras el vencimiento de los plazos contractuales, la compradora envió una carta documento e impulsó una mediación prejudicial, instancia a la que la demandada no asistió.

Durante el proceso judicial, la empresa tampoco contestó la demanda. Esa situación derivó en la declaración de rebeldía y permitió al juez tener por acreditados los hechos expuestos por la mujer, al no existir prueba que los desvirtuara. El fallo encuadró el caso dentro de la Ley de Defensa del Consumidor y concluyó que existió un incumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato.

Como principal medida, la sentencia ordenó a la empresa entregar la vivienda en un plazo de veinte días. Si ese cumplimiento resulta imposible, el contrato quedará resuelto y deberá reintegrar los 115.590 dólares abonados por la compradora, con los intereses correspondientes. Además, el juez reconoció una indemnización de 35.580.000 pesos por daño moral, daño punitivo y daño emergente. Este último rubro comprendió los gastos de alquiler que la mujer debió afrontar ante la falta de entrega de la vivienda.

Al fundamentar el daño moral, la sentencia señaló que el perjuicio no se limitó al incumplimiento de un contrato de obra. Destacó que la frustración alcanzó la posibilidad de acceder a la vivienda propia y de constituir el hogar familiar, un interés que trasciende el valor económico de la construcción.

El fallo también hizo lugar al daño punitivo. Consideró que la empresa mantuvo una conducta de especial gravedad al incumplir el contrato, no brindar una respuesta adecuada a los reclamos de la consumidora y permanecer ausente durante el proceso judicial.

La resolución estableció que Eco Habitat Patagonia SRL deberá cumplir con la entrega de la vivienda en el plazo fijado o, en caso contrario, devolver el dinero percibido en dólares y abonar las indemnizaciones reconocidas en la sentencia. El fallo de primera instancia no está firme porque puede ser apelado.

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