CONFIRMAN CONDENA E INCREMENTAN MONTO INDEMNIZATORIO POR VENTA DE INMUEBLES DEFECTUOSOS

Cinco viviendas vendidas en Bariloche quedaron en el centro de una disputa judicial por fallas estructurales que comprometían su seguridad. La Cámara Civil revisó el fallo de primera instancia e incrementó la indemnización a $ 318.525.637, tras corregir el cálculo del valor de mercado. La sentencia confirmó que los inmuebles presentaban vicios ocultos y que los vendedores eran responsables de los defectos.
Además, el tribunal revocó la condena del ingeniero director de obra porque determinó que no existía un vínculo contractual con el comprador. El conflicto comenzó cuando el comprador detectó problemas graves en las viviendas adquiridas. Un peritaje técnico reveló que las unidades no cumplían con normas antisísmicas y que en la construcción se habían utilizado materiales distintos a los aprobados en los planos.
Se constató que las vigas de encadenado no estaban correctamente vinculadas a las columnas y que la estructura carecía de elementos esenciales de estabilidad. Además el techo se apoyaba sobre mampostería no portante, lo que generaba un riesgo en caso de movimientos sísmicos. Se identificaron filtraciones, problemas en el suministro de agua y deficiencias en la aislación térmica.
En primera instancia, un juez civil determinó que los defectos hacían que las viviendas fueran impropias para su destino habitacional y ordenó la resolución del contrato. La indemnización fijada inicialmente fue de $ 312.399.425, calculada sobre la base de un peritaje de tasación que consideró el valor actual de los inmuebles. La sentencia también incluyó un reconocimiento por los gastos de reparaciones que el comprador debió afrontar y el lucro cesante derivado de la imposibilidad de alquilar las unidades.
El comprador apeló el fallo, alegó que el tipo de cambio aplicado en la valuación no era el correcto y debía ajustarse al valor real de mercado. La Cámara de Apelaciones aceptó el reclamo y corrigió la cifra: elevó la indemnización a más de $ 318 millones. También ratificó que los defectos detectados en la estructura eran graves y que los vendedores, en su doble rol de constructores y comercializadores, tenían responsabilidad en la venta de inmuebles con fallas ocultas.
Otro aspecto central del fallo fue la situación de un ingeniero quien en primera instancia había sido condenado junto con los vendedores. El tribunal de apelaciones revisó la prueba y concluyó que su intervención como proyectista y director técnico no generaba una relación contractual con el comprador, por lo que resolvió absolverlo.
La sentencia estableció que, una vez que se haga efectivo el pago de la indemnización, el comprador deberá restituir las viviendas a los vendedores. La escrituración estará a cargo de los condenados, quienes deberán asumir los costos administrativos correspondientes. También se fijaron intereses moratorios y la aplicación de tasas según la jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.