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Inicio›Interes. Gral.›DESPEDIDA CON SIETE MESES DE EMBARAZO. EL FALLO VALIDÓ EL RECLAMO POR TRABAJO EN NEGRO

DESPEDIDA CON SIETE MESES DE EMBARAZO. EL FALLO VALIDÓ EL RECLAMO POR TRABAJO EN NEGRO

Publicado por BarilocheD
25 agosto, 2025
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Una trabajadora de maestranza de un complejo turístico de Bariloche fue despedida cuando cursaba el séptimo mes de embarazo, después de reclamar a su empleador que registrara su relación laboral. (el reconocimieto implica entre otras tener obra social a la hora del parto) Un fallo del fuero de Laboral acreditó que las tareas existieron, que el despido fue injustificado y que la desvinculación se produjo con pleno conocimiento de su estado de gestación.

La mujer relató que limpiaba las cabañas del establecimiento “Clarita” todos los días por la mañana, salvo cuando no había huéspedes. Aseguró que percibía un pago mensual en efectivo, documentado en recibos con membrete del complejo. Tiempo después intimó mediante carta documento a que se registrara la relación y notificó que estaba embarazada de siete meses.

El empleador rechazó la existencia de vínculo laboral. Alegó que la trabajadora se alojaba allí por ser pareja de su hijo y que su presencia estaba ligada a un acuerdo familiar. Sostuvo que nunca realizó tareas en las cabañas y que la demanda formaba parte de una maniobra para perjudicarlo en el marco de disputas privadas.

Durante el juicio, testigos afirmaron que la veían limpiar en el horario señalado y que ese ingreso era su único sustento. Un vecino relató que incluso la había buscado en el complejo mientras trabajaba.

Entre las pruebas, un recibo de pago fue determinante. El empleador negó haberlo escrito, pero una pericia caligráfica concluyó que la letra y la firma eran suyas. Para el tribunal, ese documento corroboró la prestación de servicios y el pago de salario.

Los jueces y jueza que integran la Cámara destacaron que el trabajo había comenzado antes de la convivencia con su pareja y que no había evidencia de que el negocio pudiera sostener económicamente a varias familias sin contraprestaciones. También remarcaron que la negativa a registrar el empleo y el despido posterior configuraban una “injuria grave” que justificaba la ruptura del contrato por parte de la trabajadora.

El fallo ordenó el pago de indemnizaciones por antigüedad, preaviso y salarios adeudados, multas por falta de registracion y una compensación especial por embarazo prevista por la Ley de Contrato de Trabajo. Además, impuso la entrega de certificados laborales y el pago de intereses hasta la cancelación total de la condena. La sentencia de primera instancia no está firme y puede ser apelada.

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