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Inicio›Policial & Judicial›DOCE AÑOS DE PRISIÓN POR HOMICIO AGRAVADO DE SEBASTIAN OJEDA POR EL USO DE ARMA DE FUEGO

DOCE AÑOS DE PRISIÓN POR HOMICIO AGRAVADO DE SEBASTIAN OJEDA POR EL USO DE ARMA DE FUEGO

Publicado por BarilocheD
3 junio, 2025
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En el marco de un juicio abreviado entre la fiscalía y el equipo de la defensa penal oficial del acusado, se condenó a doce de años de prisión a un hombre por el homicidio agravado por el uso de arma de fuego de Sebastián Ojeda Ferro, en un hecho ocurrido el 18 de octubre de 2024 en el interior del cementerio municipal de Bariloche.

Pena cuyo cumplimiento empieza en el día de hoy, dado que las partes renunciaron a los plazos para la realización de cualquier planteo posterior.

Relató la fiscal jefe ante el tribunal, lo sucedido en la jornada antes mencionada alrededor de las 18 horas, cuando la víctima, Sebastián Ojeda Ferro, se encontraba caminando junto a su pareja y el hijo menor de ésta por calle Beschtedt. Al llegar a la intersección con calle Lengas, tuvo un encuentro casual con el imputado y su hermana.

El acusado, quien al momento del hecho se hallaba prófugo, le solicitó a Ojeda que lo acompañara por el interior del cementerio dado que había advertido presencia policial en las inmediaciones. Ante ello, la víctima accedió al pedido, y junto al imputado y su hermana, saltaron el muro perimetral bajo del cementerio. En paralelo, su pareja y su hijo continuaron el trayecto por calle Lengas.

Una vez dentro del predio y de forma sorpresiva, el imputado extrajo un arma de fuego calibre .22 y efectuó un disparo a corta distancia. El proyectil impactó en la región subescapular derecha de Ojeda, provocando una hemorragia interna que le causó la muerte minutos después.

Luego fue describiendo la fiscal toda la evidencia que sustenta el legajo. Sostuvo que uno de los testimonios relevantes resultó aquel que brindó la pareja de la víctima, quien presenció los hechos desde la vía pública. La mujer, al advertir el suceso, gritó desesperadamente señalando al autor. Además, destacó el relato de otros dos testigos, que coincidieron y confirmaron lo observado por la mujer.

El accionar inmediato del personal policial, que se encontraba en la zona por otro procedimiento, permitió iniciar rápidamente la investigación. El acusado fue detenido ese mismo día en su domicilio, donde intentó deshacerse del arma utilizada. Personal policial logró recuperar el revólver durante el procedimiento de allanamiento, que fue posteriormente peritado por criminalística. El análisis balístico confirmó la correspondencia entre el arma secuestrada y el proyectil recuperado del cuerpo de la víctima.

El Ministerio Público también incorporó como evidencia además el informe de autopsia, los peritajes balísticos, el relato de los testigos y el reconocimiento del lugar realizado junto a la defensa técnica del acusado, lo cual permitió reconstruir detalladamente la secuencia del hecho.

La defensa pública asistió al acusado y al encontrarse en turno pudo tomar conocimiento inmediato de la evidencia colectada que luego sostuvo la correspondiente formulación de cargos, tal lo expresado por el defensor. Ante la consulta del tribunal, el imputado expresó «su acuerdo» con la realización del mismo, la calificación legal y el monto de pena; lo que resulta condición necesaria.

Tras dos cuartos intermedios, el tribunal homologó el acuerdo entre las partes. Declararon al hombre, «autor penalmente responsable de los hechos en materia de acusación, configurativo del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego de acuerdo a lo normado en los artículos 45, 79, 41 bis. Lo condenaron luego a la pena de 12 años de prisión, más costas». Finalmente declararon la reincidencia de conformidad con el artículo 50 del Código Penal.

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