EMILIANO GATTI EL EX-PERIODISTA DE CANAL 10 MIMADO POR JSRN COMIENZA A CUMPLIR SU CONDENA

Fue detenido en Viedma y condenado por tenencia y facilitación de imágenes con contenido de abuso sexual infantil. Emiliano Gatti, condenado en 2024 a seis años de prisión por los delitos de tenencia y facilitación de imágenes con contenido de abuso sexual infantil, fue detenido este mediodía en la ciudad de Viedma.
La decisión fue adoptada por los jueces Verónica Rodriguez, Emilio Stadler y Oscar Gatti en la audiencia presencial que tuvo lugar en la sala 5 de la Ciudad Judicial de Roca, y de la cual Gatti participó vía zoom, desde la oficina judicial en la capital provincial. Los magistrados consideraron que la sentencia en su contra, está firme y ordenaron su inmediata detención y a disposición del Servicio Penitenciario Provincial (SPP).
La audiencia de este mediodía fue requerida el jueves por el Ministerio Público Fiscal (MPF) como acusación pública y por la querella privada, encarnada por la abogada Gabriela Prokopiw. Fue solicitada una vez que se conoció la decisión del Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Río Negro (STJ), de rechazar el recurso de queja a la condena, presentado por la defensa de Gatti, los abogados Marcelos Hertzriken Velazco y Joaquín Velazco Catena.
La fiscal Echegaray expresó que la sentencia quedó firme ante el fallo del máximo órgano judicial. Agregó también la fiscal en jefe «no hay chances de que la pena sea revertida» y sumó que se debe «tener en cuenta el arraigo, el comportamiento del imputado, los delitos por lo que fue imputado, el avance procesal». Determinó además: «hemos llegado a la última instancia de recursos locales. Por lo cual no hay más chances de llegar a un resolutoria distinto».
La detención de Gatti se produce en el contexto de la reforma del Código Procesal Penal de Río Negro, aprobada en 2024, que establece en el artículo 109 bis que las partes (acusadoras) «podrán requerir fundadamentemente la prisión preventiva de la persona condenada a pena de cumplimiento efectivo, cuando la sentencia condenatoria haya agotado la vía recursiva local».