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Inicio›Argentina & Gobiernos›EMPLEADOS PÚBLICOS YA PUEDEN ACCEDER A LA DESVINCULACIÓN (RETIRO) VOLUNTARIO

EMPLEADOS PÚBLICOS YA PUEDEN ACCEDER A LA DESVINCULACIÓN (RETIRO) VOLUNTARIO

Publicado por BarilocheD
26 julio, 2024
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Las y los agentes públicos ya pueden adherirse al Régimen de Desvinculación (o retiro) voluntaria de la Ley N.º 5717, completando un formulario de adhesión en el área de Recursos Humanos de cada organismo. Este régimen incluye a los agentes públicos de planta permanente dependientes del Poder Ejecutivo provincial y de los organismos de control interno.

Cuáles serían los beneficios ofrecidos para agentes que acceden al régimen

La nueva Ley de Desvinculación voluntaria mejora la liquidación final a percibir, ya que aumentó el porcentaje de sueldos a pagar por año de antigüedad del agente. Quien adhiera al régimen percibirá una suma equivalente a 1,2 sueldos por año de antigüedad o fracción mayor a seis meses.

También se mantiene la cobertura de la obra social IPROSS durante un año, con los costos de aportes y contribuciones %100 bonificados para el o la afiliada, que serán afrontados por el gobierno provincial.

Otro beneficio son las exenciones en tributos provinciales. Quienes luego de desvincularse registren una alta tributaria unipersonal en alguna actividad económica en la provincia y quienes contraten personal desvinculado dentro de los 12 meses de la fecha de desvinculación, obtendrán la exención.

Quienes supongan que les es conveniente ¿Cómo se adhieren al régimen de desvinculación?

Quienes deseen acceder al régimen de desvinculación, deberán solicitar el Formulario de Adhesión en el área de Recursos Humanos de su organismo, completarlo y adjuntar certificados de antecedentes penales de la provincia de Río Negro y de reincidencia del Registro Nacional de Reincidencia.

Recursos Humanos inicia el trámite incorporando la certificación de servicios y un informe de la máxima autoridad de su jurisdicción, sobre la conveniencia de la desvinculación: se valorará en cada caso si las funciones que presta el o la agente podrán ser cubiertas sin contratación de personal y sin afectar la normal prestación del servicio público.

Por último, la Secretaría de la Función Pública emitirá el dictamen favorable o no favorable a la solicitud de desvinculación, verificando que se cumplan los requisitos y condiciones establecidas.

El Dictamen será notificado por el área de Recursos Humanos a la persona interesada. En caso de resultar negativo, no se podrá recurrir la decisión.

Si el dictamen resulta favorable, la persona interesada tendrá 5 días luego de ser notificada para aceptar o desistir de la desvinculación, y también para solicitar la revisión de errores en la liquidación realizada. Si acepta, el agente deberá presentar la renuncia al puesto de planta permanente.

Está excluído el personal policial, de servicio penitenciario y docente. También quienes perciban una jubilación, retiro o prestación equivalente, con excepción de quienes perciban una pensión derivada o directa por fallecimiento; quienes estén en un proceso penal o disciplinario con cargos que puedan derivar en sanción de cesantía o exoneración; quien al momento de la solicitud se encuentre en condiciones de jubilarse o le falten hasta 5 años para hacerlo; excluye a funcionarios y autoridades superiores; al personal transitorio y a quienes hayan presentado la renuncia aún estando pendiente la aceptación de la misma; también excluye a quien haya iniciado reclamo administrativo o demanda judicial contra la provincia (salvo las derivadas de la Ley de Riesgo de Trabajo).

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