FIRMÓ LA ENTREGA DE MATERIALES A OSCURAS Y FALTABAN CIEN. FUE CLAVE UNA CÁMARA DE SEGURIDAD

Un hombre compró materiales para construir dos casas en un terreno de Bariloche. El camión llegó con retraso, la descarga se hizo de noche y no hubo forma de contar la mercadería con claridad. La jornada terminó a oscuras, entre linternas, apuro y cansancio. El cliente firmó el remito mientras aún bajaban los últimos elementos.
Días después, al comenzar la obra, notó el faltante: cien perfiles metálicos, embalados en un solo paquete, nunca habían llegado. El proveedor rechazó el reclamo. Alegó que la entrega fue completa, que todo salió de su depósito y que el cliente lo había confirmado con su firma. No ofreció documentación interna para respaldar su versión. El remito, según su postura, era prueba suficiente.
La discusión llegó al fuero Civil y una cámara de seguridad del municipio de Bariloche fue clave para la resolución. La filmación mostraba el camión al ingresar a la ciudad. En la caja se veían dos paquetes de perfiles: uno cerrado y el otro más irregular. Faltaba el tercero. Las imágenes coincidían con los testimonios de quienes habían descargado la mercadería y señalaron lo mismo: había dos cargas, no tres.
Uno de los argumentos del corralón fue que los perfiles sí se cargaron, pero fuera del depósito. Explicó que, por falta de espacio, se realizó una “carga mecánica” en la calle. Para el juez interviniente, la firma no logró probarlo. La carga mecánica es un procedimiento habitual en obras y depósitos que permite mover grandes volúmenes de materiales con máquinas como autoelevadores o grúas, sin intervención manual.
Según la versión del proveedor, ese tercer paquete —el que luego faltaría— se habría sumado al camión de ese modo, fuera del alcance de las cámaras del local. Sin pruebas que lo acreditaran, la versión fue descartada.
El remito tenía una anotación sobre placas y chapas dañadas, pero nada acerca del faltante. El magistrado entendió que fue firmado en condiciones desventajosas: sin luz, sin margen para contar y con el chofer apurando para emprender la vuelta.
La empresa no presentó registros del sistema, movimientos de stock ni remitos internos que acreditaran haber despachado el paquete faltante. Un empleado declaró que supervisó la carga, pero su testimonio no fue respaldado por documentación.
El fallo dio por probado el incumplimiento. Aplicó el criterio de carga probatoria dinámica, habitual en juicios de consumo, que traslada al proveedor la obligación de acreditar lo que afirma cuando el consumidor no tiene medios para hacerlo.
El fallo condenó a Crams SRL a pagar una indemnización por los perfiles no entregados, pero rechazó otros rubros reclamados. La sentencia de primera instancia no está firme y puede ser apelada.