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Inicio›Interes. Gral.›FUE ATACADA POR UN PERRO  CAMINO AL TRABAJO. ORDENAN INDEMNIZACIÓN POR DAÑO PSICOLÓGICO

FUE ATACADA POR UN PERRO  CAMINO AL TRABAJO. ORDENAN INDEMNIZACIÓN POR DAÑO PSICOLÓGICO

Publicado por BarilocheD
6 agosto, 2025
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Una mujer fue atacada por un perro mientras se dirigía a su lugar de trabajo en Bariloche. El animal, de gran porte, escapó de una propiedad privada y la mordió en el brazo izquierdo, provocándole heridas profundas, desgarros y exposición de tejido. Fue atendida en el hospital, donde le aplicaron puntos de sutura y le suministraron medicación. La recuperación física fue incompleta y las secuelas psicológicas originadas en el episodio desembocaron en un conflicto judicial.

El hecho ocurrió durante el trayecto habitual entre su domicilio y el lugar donde trabajaba como empleada de casas particulares. La Cámara Primera del Trabajo lo calificó como accidente in itinere, es decir, un siniestro ocurrido en el camino hacia o desde el trabajo, con cobertura obligatoria por parte de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) contratada por su empleadora.

La ART no desconoció el ataque ni la relación laboral, pero sostuvo que la trabajadora no presentaba consecuencias que justificaran una indemnización. Le otorgó el alta médica en pocas semanas, sin asignarle porcentaje de incapacidad. La mujer impugnó esa decisión ante la Comisión Médica, que ordenó tratamiento psicológico y más tarde determinó una incapacidad parcial y permanente del 5,7 por ciento, vinculada a una reacción vivencial anormal neurótica.

Durante el juicio, también solicitó que se reconociera una afectación física derivada de las cicatrices en el brazo. Las pericias médicas oficiales descartaron esa posibilidad por falta de limitaciones funcionales. El tribunal respaldó esa conclusión y sostuvo que las marcas estéticas, en tanto no interfieran con el desempeño laboral, no son indemnizables dentro del sistema vigente.

Finalmente, el fallo ordenó a la ART el pago de una suma proporcional al grado de incapacidad psicológica acreditado en el expediente. La sentencia fue dictada en primera instancia, no se encuentra firme y puede ser apelada.

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Roberto Sosa Lukam Periodista, Martillero Público Nacional, Profesor de Ciencias Sociales, Editor de www.barilochedigital.com y Conductor y Productor de EL CATALEJO Te Ve.

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