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Inicio›Política & Sindical›LA CORTE SUPREMA FALLÓ EN CONTRA DE ATORNILLARSE EN UN CARGO

LA CORTE SUPREMA FALLÓ EN CONTRA DE ATORNILLARSE EN UN CARGO

Publicado por BarilocheD
11 mayo, 2026
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RATIFICÓ QUE «CARGO AL QUE ACCEDIÓ SIN CONCURSO, COMO FUNCIONARIO POLÍTICO, SE TIENE QUE IR CUANDO SE VA SU GOBIERNO». Se trata de Juan Segundo Bellocq, quien se desempeñó como jefe regional de Anses en Río Negro durante el gobierno de Macri. En lugar de renunciar, como hacen los funcionarios éticos cuando termina su gestión, inició acciones legales. Pero la Corte desestimó el planteo y dejó sentada jurisprudencia pues no hay apelación.-

Tras cinco años de litigio Judicial, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el reclamo iniciado por Juan Segundo Bellocq, quien se desempeñó como jefe regional de Anses en Neuquén y Río Negro durante el gobierno de Mauricio Macri y pretendió seguir ocupando ese puesto político una vez terminada esa gestión.

Bellocq fue despedido en 2020, conforme sucede con quienes desempeñan cargos políticos una vez que concluye el periodo para el cual fueron designados en la función. Pero en lugar de aceptar las reglas del juego, el abogado barilochense inició acciones legales para permanecer en el lugar.

Un antecedente claro de quienes sólo buscarían vivir de la política

La denuncia fue presentada ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de San Carlos de Bariloche, que rechazó el planteo. Apeló ante la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, quien tomó la misma decisión. En el medio, consiguió una medida cautelar que obligó a ANSES a mantenerlo en funciones mientras tramitaba la causa. Con esa maniobra, logró perpetuarse en el cargo y cobrando, durante cinco años. Hasta esta semana.

El miércoles 7 de mayo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que los recursos extraordinarios son “inadmisibles”, es decir, que el caso fue desestimado antes de su tratamiento por entender que ni siquiera debería haber sido presentado ante la Corte. Y estableció que Bellocq deberá pagar las costas del proceso. (La Tecla Patagonia)

 

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