LE UNIFICAN LAS PENAS Y DEBERÁ CUMPLIR DOS AÑOS Y CUATRO MESES DE PRISIÓN

Un hombre recibió una condena de seis meses de prisión efectiva por atentado contra la autoridad agravado. La sanción se sumó a otra de un año y diez meses que ya viene cumpliendo por encubrimiento, hurto, robo en grado de tentativa, desobediencia a la autoridad, entre otros delitos.
La audiencia se realizó a primera hora de hoy mediante un juicio abreviado, a partir de una propuesta del fiscal del caso Guillermo Lista, consensuada con la defensa particular. El acusado reconoció el hecho y aceptó tanto la calificación legal como la pena.
El episodio ocurrió el 20 de diciembre de 2024, alrededor de las 10:30, en inmediaciones de las calles Elordi y Neuquén de Bariloche. Dos empleados policiales que caminaban de civil observaron que una persona retiraba una caja del interior de una camioneta de reparto de encomiendas que había quedado sin traba. Ante esa situación, intervinieron y lograron reducirla detrás de una garita de colectivos.
En ese momento, un automóvil se detuvo en la esquina de Elordi y Santa Cruz. De allí descendieron varias personas que comenzaron a arrojar piedras de gran tamaño contra los efectivos. Entre ellas se encontraba el acusado, quien les exigió que soltaran al demorado. Tras la agresión, los involucrados escaparon en el vehículo. Los elementos que intentaron sustraer fueron recuperados.
La acusación se sostuvo en la denuncia y las entrevistas a los policías que intervinieron, quienes reconocieron al imputado, además de los informes del Cuerpo de Investigación Judicial y las actuaciones de allanamiento y requisa. En una de esas diligencias se encontró el automóvil utilizado durante el episodio.
Durante la audiencia, la Fiscalía precisó que no contaba con elementos para acreditar la participación del acusado en la tentativa de hurto. Por ese motivo, la atribución quedó limitada al atentado contra la autoridad agravado, por haber arrojado piedras para impedir la detención.
La defensa prestó conformidad con la propuesta y señaló que había podido controlar la evidencia reunida durante la investigación. También consideró razonables los seis meses de prisión efectiva y su suma a la condena anterior.
Luego de verificar que el imputado comprendía el alcance de su decisión y reconocía su responsabilidad, el juez de juicio Bernardo Campana admitió el acuerdo e impuso la pena solicitada. Además, dispuso la unificación en dos años y cuatro meses de prisión efectiva. Ambas decisiones quedaron firmes tras la renuncia de las partes a los plazos de impugnación.








