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Inicio›Policial & Judicial›«NO SE TRATÓ DE UNA RECUPERACIÓN TERRITORIAL… SE TRATÓ DE HECHOS DELICTIVOS» DIJERON LOS ABOGADOS DE PARQUES NACIONALES

«NO SE TRATÓ DE UNA RECUPERACIÓN TERRITORIAL… SE TRATÓ DE HECHOS DELICTIVOS» DIJERON LOS ABOGADOS DE PARQUES NACIONALES

Publicado por BarilocheD
30 septiembre, 2024
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En la continidad del juicio que se sigue por la ususrpación de tierras de Parques Nacionales en Villa Msacardi por una supuesta comunidad mapuche, formularon su exposición los abogados de la querella, que reclamaron tres años de prisión efectiva para Gonzalo Coña y dos años y diez meses de prisión efectiva para Johana Coluan. Recordamos que no se permite el acceso de la prensa y se puede seguir el debate por streaming.-

Pusieron énfasis en los testimonios aportados por Marcia Urbinatti y Oscar Montenegro, empleados de Parques Nacionales que fueron los primeros en constatar efectivamente la presencia de un grupo de personas que se “autodenominaban Lafken Winkul Mapu”.-

En su declaración recordaron diversos episodios en los que se produjeron episodios violentos en torno a las personas allí presentes, tanto en procedimientos dirigidos a la ocupación del predio como así también otros hechos como la descompensación de un veraneante o la atención indispensable que requerían los protagonistas de un siniestro vial.

En el alegato se tomó elementos aportados por diversos testimonios para describir un escenario lleno de barricadas, puestos de observación, senderos que guiaban a desfiladeros para confundir al personal, telas en los árboles, troncos, ramas, lanzas, piedras, todo organizado para resistir un desalojo y de lo que se informó por el periodismo mientras ocurrían.-

Describieron una serie de escuchas telefónicas que denotaron “movimientos cuasi militares”, comunicación con radios y medios de comunicación y hasta una agrupación anarquista de Córdoba, en la que blanqueaban que estaban escondidos en la montaña, anunciando resistencia y convocaban más gente.

Detallaron que Colhuan era soldada voluntaria del ejército y tras sucesivas inasistencias, su madre, María Nahuel, se presentó ante la autoridad y dijo que ella había sido herida en la montaña, en el marco del desalojo. La querella los acusó por usurpación, despojo y atentado a la autoridad, no encontró atenuantes pero sí agravantes.

Justamente en el caso de Johana por ser miembro del Ejército Argentino y en el de Coña la actitud que mostró durante el proceso sin ajustarse a derecho. En consecuencia reclamó la condena de 3 años de prisión para Coña y 2 años y 10 meses para Colhuan.

Tras ello, la defensa reclamó la nulidad del alegato, y el tratamiento del planteo fue diferido para el momento de la sentencia. Además, el juez Greca negó el traslado del asunto a la Fiscalía, por lo que el Ministerio Público Fiscal también dejó una reserva para acudir en casación contra esa negativa.

Hubo afirmación por demás lógica brindada por la fiscalía, por ejemplo al descartar derechos ancestrales: “Si me corresponde ancestralmente, por qué voy con los rostros tapados con pasamontaña como un ladrón”, se preguntó y afirmó que “No tenían intención de abandonar el predio ni de  mantener ningún diálogo”

En el primer hecho juzgado , usurpación inicial desde el 10 de noviembre de 2017 hasta el desalojo del 23 de ese mes, en el que están imputadas María Nahuel, Luciana Jaramillo, Romina Rosas, Ailén Tapia y Jésica Bonefoi el fiscal Rafael Vehils Ruiz pidió penas de 2 años de prisión de cumplimiento en suspenso.-

Ello por “la naturaleza de la acción, la peligrosidad y el daño extendido”, con la “abstención de concurrir al predio usurpado” por co-autoras del delito de usurpación con despojo para María Nahuel, Jaramillo, Rosas, Tapia y dos años y dos meses (por acumulación con condena de lesiones) a Bonefoi. Por supuesto los abogados defensores que justifican toda la acción pidieron la absolución de los acusados.-

Quedó flotando una vez más la actitud de María Nahuel, que resalta no sólo como fogoneando la situación y alentando y justificando a los partícipes, sino hasta sugiriendo con ello cierta autoridad ideológica de esos movimientos que por lo menos hasta el momento no fue señalado en el proceso.-

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