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Inicio›Policial & Judicial›RESBALÓ CON UNA BANDEJA EN LA COCINA Y RECONOCEN EL ACCIDENTE COMO LABORAL

RESBALÓ CON UNA BANDEJA EN LA COCINA Y RECONOCEN EL ACCIDENTE COMO LABORAL

Publicado por BarilocheD
25 julio, 2025
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Una tarde de septiembre, mientras trabajaba en la cocina de un establecimiento gastronómico de Cipolletti, una empleada trasladó una bandeja, resbaló y cayó al suelo. El golpe en la rodilla derecha le provocó fractura de rótula, rotura de menisco y otras secuelas, lesiones severas que derivaron en tres cirugías. Desde ese momento, comenzó un camino médico, administrativo y judicial que culminó este año con una decisión del Poder Judicial.

La Cámara del Trabajo de Cipolletti analizó el caso y resolvió que el accidente ocurrió en el marco de la relación laboral, y que la aseguradora de riesgos del trabajo debía responder por las consecuencias incapacitantes que dejó ese siniestro. La trabajadora, que había ingresado en septiembre de 2021, se desempeñaba como peón de cocina en una jornada completa, y su ART mantenía contrato vigente con su empleador al momento del hecho.

Tras el accidente, recibió atención médica, rehabilitación y fue intervenida quirúrgicamente. Pero durante el tratamiento, ocurrió un segundo episodio: al bajar de un colectivo rumbo a una sesión de rehabilitación, las puertas se cerraron sobre su rodilla lastimada. Esto agravó la lesión y motivó una nueva cirugía. La persona recibió el alta en agosto de 2023, pero con secuelas permanentes.

El reclamo judicial incluyó una indemnización por incapacidad, planteos de inconstitucionalidad de distintas normas del régimen de riesgos del trabajo, y pedidos adicionales como el reconocimiento de patologías crónicas derivadas del accidente y un concepto por daño punitivo.

La aseguradora, por su parte, negó responsabilidad adicional. Alegó haber cumplido con todas sus obligaciones, cuestionó el grado de incapacidad y señaló que la trabajadora arrastraba condiciones previas a la relación laboral.

Una pericia médica judicial tuvo un rol determinante. El perito designado por el tribunal examinó a la trabajadora, evaluó su historia clínica y concluyó que presentaba una incapacidad permanente parcial del 15,9 por ciento, con nexo causal directo con el accidente laboral. Aclaró además que las secuelas estaban consolidadas y que no requería más tratamientos.

Tanto la trabajadora como la ART impugnaron el informe, pero el tribunal consideró que la pericia cumplió con todos los requisitos técnicos y legales, y le otorgó plena validez. Con base en ese dictamen, determinó el monto indemnizatorio utilizando la fórmula establecida por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) en su doctrina reciente, específicamente la Resolución 332/2023.

Finalmente, el tribunal hizo lugar al reclamo por incapacidad y condenó a la ART a pagar una indemnización que incluye intereses y el adicional previsto en la ley. La aseguradora deberá asumir además las costas del proceso.

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