RESTRICCIÓN DE ACERCAMIENTO A UN ENFERMO. SEGUÍA A LA EX-PAREJA HASTA ALGIMNASIO

La mujer acudió a la Justicia de Familia de Bariloche y pidió medidas de protección contra su expareja, luego de finalizar una relación que había durado cinco meses. Según relató en la denuncia, había comenzado a notar actitudes de celos que la llevaron a tomar la decisión de terminar el vínculo.
De acuerdo con el relato incorporado al fallo, una semana después de la separación el hombre continuaba hostigándola mediante llamadas telefónicas. La mujer señaló que había tenido que bloquearlo de WhatsApp y que, además, la seguía hasta el gimnasio donde realizaba sus actividades. También indicó que insistía en retomar la relación.
El Juzgado de Familia N.º 9 consideró la gravedad de los hechos denunciados y resolvió hacer lugar a las medidas solicitadas. La jueza explicó que, por las características de este tipo de procesos de protección, no resulta necesaria una acreditación definitiva de los hechos denunciados, sino que deben poder inferirse, en principio, para admitir la tutela solicitada.
La resolución estableció de manera provisoria y cautelar una prohibición de acercamiento del denunciado hacia la mujer, su domicilio familiar y los lugares donde ella trabaje, estudie o realice actividades de esparcimiento. También fijó un radio de 200 metros respecto de esos lugares.
Además, le prohibió realizar contacto físico, telefónico, por correo electrónico o por cualquier otro medio que implique una intromisión injustificada respecto de la denunciante. “Lo único que quiero es estar tranquila y poder realizar mis actividades con normalidad”, expresó la denunciante, según consta en la resolución.
La medida tendrá vigencia hasta el 1 de marzo de 2027 inclusive. El fallo aclara que se trata de una disposición provisoria adoptada dentro del proceso de violencia familiar y que las partes deberán recurrir a la vía ordinaria correspondiente para resolver de manera definitiva la problemática de fondo.
La Justicia también ordenó comunicar la medida a la Policía y a la Comisaría de la Familia. Ante un eventual incumplimiento, la denunciante deberá avisar de inmediato a la unidad policial correspondiente.
El fallo advierte además que, si se constata una clara intención de violar las prohibiciones establecidas, las actuaciones pueden ser remitidas al Ministerio Público Fiscal por el delito de desobediencia a la autoridad.








