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Inicio›Policial & Judicial›SUFRIÓ UN ACCIDENTE Y PERDIÓ LA MEMORIA. PAGARÁ CUOTA AL QUEDAR SU EX ESPOSA A CARGO DE DOS NIÑOS

SUFRIÓ UN ACCIDENTE Y PERDIÓ LA MEMORIA. PAGARÁ CUOTA AL QUEDAR SU EX ESPOSA A CARGO DE DOS NIÑOS

Publicado por BarilocheD
5 mayo, 2026
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Un hombre sufrió un grave accidente de tránsito por el cual perdió la memoria y quedó con secuelas físicas importantes. Hasta ese momento, a pesar de estar separado, había participado activamente en la crianza de sus dos hijos, junto a la mamá de los niños. Sin embargo, tras el incidente la mujer debió hacerse cargo de todas las tareas de cuidado de manera exclusiva.

La mamá reclamó una prestación alimentaria para sus hijos. El padre es empleado público. Argumentó que el hecho modificó la organización cotidiana y la obligó a asumir mayores responsabilidades en el cuidado y sostenimiento del hogar.

Un fallo de familia fijó una cuota alimentaria a favor de dos niños y estableció el alcance de las responsabilidades económicas de ambos progenitores.

En la presentación judicial, la mujer explicó que el progenitor había participado activamente en la crianza antes del accidente, pero que las secuelas —entre ellas pérdida de memoria y dificultades físicas— limitaron su capacidad para continuar con esa dinámica. También indicó que debió contratar ayuda para el cuidado de los niños y afrontar gastos médicos y educativos.

El hombre, que trabaja en el Estado provincial, se opuso a la pretensión en los términos solicitados. Reconoció el impacto del accidente en su vida, detalló que permaneció internado y que continúa en tratamiento de rehabilitación.

Durante el proceso se produjo prueba testimonial y socioambiental que permitió reconstruir la realidad de ambas partes. De allí surgió que, si bien ambos progenitores mantienen contacto y participación en la vida de sus hijos, es la madre quien asume en mayor medida las tareas cotidianas de cuidado, organización y acompañamiento.

La sentencia valoró especialmente ese aspecto, al considerar que las tareas de cuidado tienen un valor económico que debe ser reconocido. También ponderó las necesidades de los niños, sus edades, actividades y el contexto general del grupo familiar.

En ese marco, el fallo resolvió hacer lugar parcialmente a la demanda y fijó una cuota alimentaria equivalente al 20% de los ingresos mensuales del padre, incluyendo el sueldo anual complementario. El monto deberá ser depositado mensualmente en una cuenta judicial a disposición de la madre.

Además, se estableció que los gastos extraordinarios —como tratamientos médicos o necesidades específicas— deberán ser afrontados en partes iguales por ambos progenitores, previa acreditación.

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Roberto Sosa Lukam Periodista, Martillero Público Nacional, Profesor de Ciencias Sociales, Editor de www.barilochedigital.com y Conductor y Productor de EL CATALEJO Te Ve.

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