VLA: CATASTRO DE NEUQUEN, LAPIDARIO CON CANJE MUNICIPAL CON CUMELEN
Por medio de una nota que remitió el pasado 03 de marzo al Concejo Deliberante el Director Provincial de Catastro, Daniel Querejeta, se dejó en claro dos cosas en simultáneo: por un lado la complicación que representa desde el punto de vista legal el armado del canje de tierras públicas con Cumelén y, por el otro, el apresuramiento y el grado de improvisación con que se movió el Ejecutivo comunal al presentar el proyecto.
Según el texto del funcionario provincial, “De efectuarse la desafectación del dominio público de las calles, se deberá considerar que las parcelas existentes no tendrán acceso a vía pública, por consiguiente, no cumplirán con lo establecido en el Art. 82° del Reglamento, Decreto N° 3382/99 de la Ley 2217”.
Para salvar esta situación y como posible solución, previa conformidad de la totalidad de los propietarios, el Director de Catastro indicó que “debería constituirse condominio”.
Asimismo, marcó que una vez “efectuada la desafectación de las calles y aprobada la transferencia al condominio, de acuerdo con el nuevo Código Civil y Comercial, según arts. 2073 a 2086, deberán afectar las propiedades al régimen de Conjunto Inmobiliario”.
Atento a ello, es oportuno aclarar –dijo- que las parcelas bajo este régimen pasan a ser Unidades Funcionales y las calles públicas desafectadas a las vías de circulación interna.
Todos estos trámites, fueron alertados desde distintas bancadas de concejales al momento de reunirse con los beneficiarios que esperaban que, por medio del canje, pudieran tener acceso a la tierra.
No obstante, distintos funcionarios del Ejecutivo comunal sostuvieron en varias ocasiones que la operación estaba encaminada y presionaban al Concejo para que se concretara, incluso deslizaban que era el legislativo quien trababa la operación que, tal como indicó Catastro de provincia y como publicó este medio en varias ocasiones, requería cumplimientos previos de varios procedimientos establecidos. (diarioandino)