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Inicio›Policial & Judicial›SE ACEPTÓ A UNA ASOCIACIÓN COMO QUERELLANTE EN EL CASO DE IMÁGENES DE ABUSO SEXUAL INFANTIL EN ROCA

SE ACEPTÓ A UNA ASOCIACIÓN COMO QUERELLANTE EN EL CASO DE IMÁGENES DE ABUSO SEXUAL INFANTIL EN ROCA

Publicado por BarilocheD
9 febrero, 2023
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Esta mañana, tras la incorporación avalada por la fiscalía y el pedido de rechazo de la defensa particular del imputado, el locutor y conductor de tv Emiliano Gatti (foto), en un legajo fiscal sobre presunta tenencia y distribución de imágenes de abuso sexual infantil en Roca, el juez de Garantías admitió a la Asociación Civil «Madres que rompen el silencio» como querellante en el proceso.

En diciembre pasado, la Asociación solicitó ser querellante en el legajo y la fiscalía, dentro de las facultades que le otorga el Código Procesal Penal, admitió la participación. En una audiencia realizada esta mañana, el defensor particular se opuso a la incorporación de esa parte al proceso y finalmente el juez, tras escuchar los fundamentos del Ministerio Público Fiscal, la Defensa y la abogada que representa a la ONG, decidió aceptar la incorporación como parte querellante.

El Ministerio Público Fiscal sostuvo en la audiencia que “a raíz de una alerta realizada por otra Asociación (el National Center for Missing and Exploited Children, con sede en Estados Unidos) es que estamos frente a una denuncia. Entendemos entonces que quienes están solicitando ser querellantes tienen un interés público, que tiene que ver con impedir el tráfico y la distribución de imágenes de abuso sexual infantil. Por ello nos parece pertinente la incorporación de la Asociación”.

La decisión del juez se basó en el art. 55 del Código Procesal Penal, que establece que “Las entidades del sector público podrán ser querellantes, como así también toda organización que acredite un interés legítimo en el caso y éste se relacione con su objeto institucional”.

El juez de Garantías expuso que uno de los objetos previstos en el estatuto de la Asociación es la lucha contra el abuso sexual infantil, por lo que cumple con el requisito legal de poseer “interés legítimo” en función del delito que se investiga.

El imputado participó de la audiencia en forma remota, dado que cumple medidas cautelares de sujeción al proceso en la ciudad de Bahía Blanca. Su defensor hizo reserva de apelar la decisión.

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