RESIDE EN UN INMUEBLE HACE MÁS DE DOS DÉCADAS Y CON UNA ESCRITURA NO INSCRIPTA INTENTARON DESALOJARLO
Un hombre que vive en una casa hace más de 20 años consiguió revertir el desalojo que pesaba sobre su familia. Hace un tiempo, dos personas se presentaron con una escritura pero él demostró que carecen de facultades para echarlo de la propiedad.
El fallo de fuero Civil de Cipolletti es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelado. El hombre al que intentaron desalojar demostró en el expediente que su padre fue socio de la dueña en un comercio que funcionó en el mismo predio. En esas circunstancias ocupa la casa junto a su familia desde principios de siglo.
Sin embargo, hace un tiempo dos personas intentaron notificarlo y le exhibieron una escritura de permuta, firmada por la propietaria original antes de su fallecimiento.
La sentencia que rechazó el desalojo basó su resolución en la doctrina legal del Superior Tribunal de Justicia (STJ).
Consideró además que el Código Civil y Comercial de la Nación establece dos requisitos para la transmisión de derechos reales sobre inmuebles. El primero es el título suficiente, es decir la escritura pública. Y el segundo es el modo suficiente que hace referencia a la tradición posesoria.
En otras palabras, para que se concrete el negocio jurídico el inmueble debía ser entregado por la anterior propietaria a los nuevos titulares, cuestión que no sucedió en este caso. Tampoco se comprobó un tercer requisito que es la inscripción de la escritura en el Registro de la Propiedad e Inmueble de la provincia.
El hombre al que pretendían desalojar probó la sociedad comercial mantenida entre su padre y la propietaria fallecida. Y además demostró la tenencia de la casa que él ejerció pacíficamente, con permiso de la dueña, por más de 20 años.
Acreditó que abona impuestos, tasas y contribuciones, que él y su familia tienen domicilio legal en ese sitio e incluso presentó las facturas de un gasista matriculado que le realizó trabajos en el inmueble durante todo el tiempo transcurrido.
La sentencia no resolvió el litigio sobre la propiedad y la transmisión por escritura entre la propietaria fallecida y las personas que se presentaron con el documento público. Solo rechazó el desalojo del ocupante porque demostró la falta de requisitos para la acción.